Instituto de Estudios de las Finanzas Públicas Americanas

  • EL “REGISTRO FISCAL R.S.E.”

Por Marcelo Eduardo Domínguez

El Autor: Contador Público y Licenciado en Administración - Profesor de Tributación en Universidad de Buenos Aires y Universidad de Belgrano - Profesor de Posgrado en Tributación en Universidades del Nordeste, Patagonia, Litoral, Entre Ríos, y San Juan - Coordinador y disertante en el Curso de Actualización Impositiva del Consejo Profesional de la Ciudad de Buenos Aires - Coordinador de la Comisión Tributaria de Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas – Ejerce como Analista Contable en la Administración Tributaria de la Ciudad de Buenos Aires.

 

SINOPSIS

Se analiza el control del cumplimiento tributario en un marco de Responsabilidad Social Empresaria (RSE) . Actualmente, los múltiples regímenes de información fiscal de operaciones y patrimonios dan lugar a un efectivo control sistémico de su comportamiento fiscal, y permiten el otorgamiento de incentivos fiscales a las inversiones socio-ambientales. Ante un contexto de mayor transparencia internacional en la relación Fisco-Contribuyente, se propone la creación del “Registro Fiscal RSE”, a los efectos que las Administraciones Tributarias puedan exigir a las empresas voluntariamente inscriptas en el mismo, un “Anexo Fiscal” a su Balance Social.

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EL “REGISTRO FISCAL R.S.E.” Y LA EXIGENCIA DE INFORMACIÓN TRIBUTARIA EN EL BALANCE SOCIAL

La responsabilidad social debe desarrollarse por el Estado, los Ciudadanos y las Empresas.

El Estado debe actuar en aspectos sociales, aplicando políticas públicas que consideren estos aspectos, garantizando la educación, la salud, el trabajo y la inclusión social1.

Los Ciudadanos piden responsabilidad  social desde el lugar de consumidores o usuarios, y también desde el lugar de contribuyentes. A las empresas le solicitan los siguientes desempeños2: 

  • Políticas de personal que respeten los derechos de los integrantes de la empresa y favorezcan su desarrollo. Remuneraciones justas, capacitación, eliminación de la discriminación de género, etc.
  • Transparencia y buen gobierno corporativo. Información pública y continua, debiéndose eliminar los conflictos de interés.

    Juego limpio con el consumidor. Los productos deben ser de buena calidad, los precios razonables y es decisivo que los productos sean saludables.
  • Políticas activas de protección al medio ambiente. Comprenden la conversión de las empresas en limpias medioambientalmente, y la colaboración en la agenda mundial de los temas ambientales.
  • Integración a los grandes temas que hacen al bienestar común. Las empresas privadas deben colaborar en las políticas públicas, en alianzas estratégicas con la sociedad. El objetivo no es que la empresa reemplace a la política pública, sino que sea una aliada creativa y constante de ella.
  • No practicar un doble código de ética. Debe haber coherencia entre el discurso de responsabilidad social y la práctica.
  • Las Empresas han comenzado a considerar que deben asumir una “responsabilidad social”, complementando su objetivo de obtener utilidades con otros objetivos de carácter social.

Con la “Responsabilidad Social Empresaria” (RSE) o la “Responsabilidad Social Corporativa” (RSC) se incorpora en las organizaciones el respeto por la ética, las personas, la comunidad y el medio ambiente en el ejercicio de las actividades empresarias diarias y en la toma de decisiones estratégicas, apuntando a una forma honesta y comprometida de hacer negocios3.

 

Continuar leyendo en el  original: Revista CIAT Nro. 41

https://ciatorg-public.sharepoint.com/biblioteca/Revista/Revista_41/Espanol/e.book-revista-41.pdf

 

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