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Prensa Fiscal
Semana del 16 al 20 de junio

Dicen que el impuesto a la renta financiera "es un tema pendiente"

El jefe de Gabinete, Alberto Fernández, admitió ayer que la aplicación del Impuesto a las Ganancias sobre la renta financiera "es un tema pendiente", aunque aclaró que por el momento "no hay nada de nada" sobre este tema.

La versión circuló ayer después que Fernández hizo declaraciones al canal de noticias TN. Allí reconoció que era necesaria una reforma impositiva para conseguir que haya mayor equidad en la distribución del ingreso.

Pero al mismo tiempo afirmó que no era este un momento propicio porque el próximo año, la Argentina tiene que hacerle frente a abultados vencimientos de la deuda externa. "Y cuando se hace una reforma impositiva -aseguró- suele bajar la recaudación de impuestos", y el país no puede ahora darse ese lujo.

En ese contexto, al ser consultado sobre un posible proyecto de ley para gravar con un impuesto a la renta financiera (tributo que por caso aplica el Uruguay y otros países en la región) dijo que era "un asunto para estudiar". Ese solo comentario fue suficiente para que se "removiera el avispero" de las versiones.

Más tarde, al ser consultado por Clarín sobre este mismo tema, Alberto Fernández dijo: "No hay nada, de nada, pero es un tema pendiente".

En línea con los dichos del jefe de Gabinete, el titular de la Comisión Nacional de Valores (CNV), Eduardo Hecker, minimizó la posibilidad de que se aplique un impuesto a la renta financiera como contrapeso a la aplicación de retenciones al campo. "Se han dicho cosas. El agro dice, si nos gravan a nosotros, por qué no a la renta financiera. Pero no conozco un proyecto en concreto", señaló Hecker.

Fuente: Atilio Bleta. Diario Clarín. Jueves 19 de junio de 2008.

 

El fisco porteño toma medidas concretas para controlar los alquileres comerciales

Luego del anuncio y de la publicación del marco normativo, sólo restaba que la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) local traduzca en medidas concretas el “nuevo cerco antievasión” que recae sobre los alquileres comerciales porteños.

Altas fuentes del fisco local confirmaron a infobaeprofesional.com que durante esta semana se potenciaron las “intimaciones” a propietarios que destinan sus inmuebles al alquiler temporario para turistas extranjeros.

El primer paso de la avanzada fiscal consiste en enviarles una nota en donde se detalla las obligaciones tributarias que alcanzan a dicha actividad comercial.

De la misma manera, la AGIP ya abrió procesos de inspección a algunas inmobiliarias que se dedican a alquiler de propiedades para extranjeros . El objetivo que persigue el fisco consiste en reducir al mínimo la evasión en el Impuesto a los Sellos e Ingresos Brutos que se da en esta actividad.

Como complemento, ya están en marcha operativos de fiscalización preavisados, donde se controla que los alquileres comerciales estén debidamente registrados.

Si bien es muy pronto para evaluar los resultados, desde la AGIP aseguraron que como respuesta a las medidas de verificación “se ha incrementado notablemente el número de propietarios inscriptos”.

Ante esta realidad, desde el fisco local adelantaron que en los próximos días ya estará operativo el servicio web que deberán utilizar, tanto locador como locatario, para informar sus datos junto al monto involucrado en el contrato de alquiler y las características del respectivo inmueble.

Impuesto a los sellos
De acuerdo con lo establecido por la resolución 254 que regula los contratos de alquileres, los escribanos actuarán como agente de retención del Impuesto de Sellos en los contratos sobre inmuebles de locación y sublocación, cesión de uso, leasing, en los que se desarrollen actividades comerciales y contratos de locación o sublocación de viviendas con muebles que se arrienden con fines turísticos.

Teniendo en cuenta que la mayoría de los contratos se realizan mediante instrumentos privados, no resulta necesaria la presencia del escribano.

Ante esta realidad, el fisco local redobla el control al establecer que para la liquidación del Impuesto de Sellos de los contratos sobre inmuebles mencionados -efectuados sin la intervención de escribanos-, los responsables, es decir locatario y locador, deberán cumplir con la obligación utilizando el programa aplicativo que próximamente estará disponible en la página de Internet de la Dirección General de Rentas.

Según lo establecido por la norma, las mencionadas partes intervinientes -locador y locatario-, accederán a dicho aplicativo mediante su número de CUIT, CUIL o CDI e ingresarán sus datos junto con los del contrato de locación y/o sublocación y del inmueble respectivo, y de esta forma, obtendrán la boleta para el pago del gravamen.

En cuanto a los vencimientos, el fisco porteño determinó que el ingreso de la información y el pago del impuesto deberá ser realizado a los 15 días corridos, contados desde la fecha de celebración del contrato. Se aclaró, además, que se deberá abonar en el Banco Ciudad de Buenos Aires.

Si dentro del plazo establecido no se efectúa el pago total o parcial se devengarán –como es habitual- los intereses resarcitorios previstos en el Código Fiscal.

De esta manera, el fisco local, al igual que la AFIP en el ámbito nacional, puso en marcha la construcción del "cerco antievasión" sobre los alquileres comerciales.

Ingresos Brutos
Otro de los temas que mayor preocupación para el fisco porteño, es el pago del impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Para llevar adelante los controles, desde la AGIP se tuvo en cuenta que durante el mes de mayo, los contribuyentes porteños debieron recategorizarse en Monotributo, ya que periódicamente están obligados a rever su situación fiscal, proporcionando información de interés para la Administración de Ingresos Públicos (AFIP) como para la AGIP.

Es por eso, que tanto el fisco nacional como el porteño trabajarán para determinar qué empresas y particulares porteños saltaron de categoría (en Monotributo) y deberían actualizar su situación respecto al régimen simplificado local del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Esto es posible, debido a que los parámetros y valores vigentes para cada categoría son similares tanto el régimen nacional como local. La clave de este cruce de datos se basa en que los parámetros que se usan el régimen simplificado y en el Monotributo, para determinar la categoría por la cual tributar, son equiparables. En este sentido, el nivel de facturación es determinante.

A través del cruce de datos proporcionado por el fisco nacional, el organismo recaudador porteño cuenta con las herramientas necesarias para intimar e inspeccionar a los contribuyentes que se hayan recategorizado ante la AFIP y no hayan actualizado su situación ante la AGIP.

Una vez recibidos los datos, la AGIP confrontará la información suministrada por los responsables contra los registros de acreditaciones bancarias a fin de encontrar inconsistencias entre la declaración y el monto “real” involucrado.

Actualmente, los alquileres comerciales tributan el 1,5% en concepto de Ingresos Brutos y el 0,5% en el Impuesto de Sellos . Ante el avance fiscal, expertos consultados que prefirieron preservar su identidad, confirmaron que "este es un paso inequívoco a fin de aplicar un control integral sobre los alquileres”.

“El cerco antievasión sobre los alquileres porteños ya está en marcha. Sin embargo, se cerrará cuando la AGIP fortalezca e incremente el intercambio de datos con la AFIP, lo cual le permitirá confrontar lo declarado en Ingresos Brutos contra lo informado en Ganancias e IVA”, aseguraron las fuentes consultadas.

Fuente: Diario Infobae Profesional. Jueves 19 de junio de 2008.

 

 

IVA: rige plan de pagos para importar bienes de uso

A través de la resolución 2049, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) tiene habilitado un plan de facilidades de pago permanente del Impuesto al Valor Agregado que se abona en las importaciones definitivas de bienes comprendidos en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur, que se consignan en el anexo de la norma.

La normativa aclara que se puede financiar el IVA, pero no la percepción del impuesto.  El plan de pagos consiste en cinco cuotas iguales , en cuanto al capital a amortizar, que vencerán a partir de la fecha de registro de la destinación.

Las siguientes cuotas se generan directamente a través del Sistema María y vencerán el mismo día en que se haya efectuado el pago de la primera y devengarán un interés de financiación del 1,25% mensual sobre saldos.


La solicitud de facilidades de pago no impide el cómputo íntegro del crédito fiscal de IVA en el momento de generarse el hecho imponible. El importe en pesos del IVA por el que se solicite financiamiento sólo podrá ser para un valor FOB del bien que se importa, igual o mayor a 13.000 mil dólares o su equivalente en otra moneda .

Los requisitos son los siguientes:

Por ejemplo, que no se soliciten los beneficios de la ley de promoción de inversiones en bienes de capital y obras de infraestructura por los bienes que se importan. El plan de pagos caduca al producirse la falta de pago, total o parcial, de la segunda a la quinta cuota, a los 30 días de la fecha de vencimiento.

Fuente: Diario Indobae Profesional. Jueves 19 de junio de 2008.

 

Castigan a las empresas porteñas que presenten un "alto riesgo fiscal"

La Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos porteña (AGIP), prorrogó hasta el próximo 1º de julio la implementación de alícuotas agravadas en retenciones y percepciones que recaen sobre los contribuyentes que sean considerados de "alto riesgo fiscal".


Nuevo régimen

La resolución 251 -que entra en vigencia el próximo 1º de julio- completa el esquema planteado por el fisco que ya había delimitado las situaciones a partir de las cuales los contribuyentes pueden ser considerados en un alto rango de riesgo fiscal.

El régimen establecido determina que, quienes se presenten ante esta situación estarán sujetos a alícuotas agravadas en el Régimen de Recaudaciones Bancarias (Sincreb).
De esta manera se determinó que a los fines de la liquidación de la retención se aplicará la alícuota del 3% sobre el monto, para todos aquellos contribuyentes o responsables que son considerados como integrantes del universo de alto riesgo fiscal.

En cuanto a la percepción se aplicará la alícuota del 6% sobre el precio neto de la operación para todas las categorías de contribuyentes o responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que también sean considerados riesgosos.

Finalmente, el fisco aclaró que a los contribuyentes o responsables que son objeto de retenciones y/o percepciones y que pertenecen a regímenes especiales, también se les aplicarán estas alícuotas, según las normas que rijan cada actividad.

La reglamentación sobre dichas alícuotas afecta entonces a quienes se encuentren en las siguientes situaciones:

También se dispuso que "los contribuyentes que hubieran presentado el cese en Ingresos Brutos a través de la página web de la AGIP, serán considerados como contribuyentes o responsables de alto riesgo fiscal hasta tanto la Administración le otorgue el cese definitivo".

Fuente: Diario Infobae Profesional. Viernes 19 de junio de 2008.

 

Cuatro detenidos por evasión

Cuatro personas fueron detenidas en Río Cuarto, entre ellas una ex funcionaria municipal, y se libró orden de captura para un puntero político, dentro de la causa por presunta evasión impositiva que investiga el juez federal Oscar Valentinuzzi.

Según la información judicial, los detenidos son la abogada María Pía Cardozo (ex directora de Saneamiento de Títulos de la comuna y ligada sentimentalmente al médico Marcelo Macarrón, viudo de la asesinada Nora Dalmasso), Miguel Petiti, Claudio Giles y Vanesa Moyano, que están acusados de presunta evasión.

El juez también ordenó la captura de Hugo Agüero, un puntero político que supuestamente facilitaba el contacto con indigentes para hacer firmar los permisos de exportación de cereales de algunas empresas, con los que se montaba aparentemente una maniobra de defraudación.

La investigación se inició a partir de un incidente ocurrido en la sucursal del Banco Francés de Río Cuarto, en noviembre de 2007, por la supuesta utilización de indigentes para el cobro de cheques de empresas agropecuarias por abultadas sumas de dinero. Los indigentes eran reclutados por Agüero y Cardozo a cambio de promesas del otorgamiento de pensiones.

El hijo de una de esas personas fue agredido por la abogada cuando pretendió impedir que su madre firmara un cheque por $ 40.000 en la sucursal bancaria. Intervino la policía y luego la Justicia abrió la investigación del incidente y de las presuntas maniobras delictivas con los cheques.

Fuente: Diario La Nación. Jueves 19 de junio de 2008.

 

 

Acota Scioli el alcance de ingresos brutos

Unas 1300 industrias bonaerenses que concentran el 70 por ciento de la facturación del sector en la provincia constituyen el principal objetivo de la reforma fiscal impulsada por el gobierno de Daniel Scioli, que se centra en una extensión y simplificación del impuesto sobre los ingresos brutos.

Así lo aseguraron fuentes del gobierno provincial sobre la base de los últimos cambios que sufrió el borrador del proyecto elaborado por el titular de la Agencia de Recaudación de Buenos Aires (ARBA), Santiago Montoya, y que ahora atraviesa una instancia de búsqueda de consensos con representantes de los sectores productivos y legisladores.

Con las modificaciones operadas en el proyecto, que implicarían alícuotas que comenzarían en el 1 por ciento y llegarían hasta un 6 por ciento, el gobierno provincial se resignaría a cobrar la mitad de los casi 3000 millones de pesos por año que había calculado cosechar con una extensión amplia del tributo a una docena de ramas industriales hoy exentas del pago del impuesto sobre los ingresos brutos.

Este tributo se cobra aplicando una alícuota sobre los montos de facturación de las empresas. Así, de lograr que la Legislatura apruebe rápidamente el proyecto, la provincia recaudará unos 750 millones de pesos en el segundo semestre.

Uno de los retoques más importantes que tuvo el plan original fue, precisamente, la limitación del universo por gravar.

En el gobierno provincial aseguran que los cambios sólo alcanzarán a un 2,6 por ciento (1300) de los 50.000 emprendimientos fabriles que, como se dijo, son los de mayor facturación. Ese núcleo debería pagar un 1 por ciento de lo facturado, de concretarse el plan.

"La idea es simplificar para hacer el impuesto fácilmente administrable y atar el crecimiento de los factores económicos de la provincia al crecimiento de la recaudación de la provincia", dijo esta semana el ministro de Economía provincial, Rafael Perelmiter, que ratificó el nuevo impulso dado a la iniciativa por el gobierno de Scioli.

Igual que en la Capital

Se prevé también aumentar del 1,5 al 3 por ciento la alícuota que pagan por sus ventas en la provincia las industrias radicadas fuera de su territorio.

De esta forma, se igualaría el porcentaje que hoy pagan las fábricas bonaerenses que venden sus productos en la Capital Federal.

Asimismo, las 16 alícuotas que actualmente tiene el impuesto serían unificadas en cuatro, que oscilarían entre el 1 y el 6 por ciento.

El tributo grava hoy casi con exclusividad actividades comerciales y de servicios, con alícuotas que van del 3 al 3,5 por ciento.

Según el borrador del proyecto oficial, el comercio deberá pagar un 4 por ciento de su facturación.

Las siguientes actividades son las que serían gravadas: automotrices, siderurgia, construcción, alimentos, textiles, calzado, petroquímica, minería, curtiembres, procesamiento de celulosa, fabricación de juguetes, frutihorticultura y tambos, así como criaderos de cerdos y pollos.

Se mantendrá, en cambio, la exención para aquellos emprendimientos de carácter social, como las cooperativas.

Cambios en 2009

La idea es que las nuevas alícuotas del 1 por ciento se aplicarán a las ramas dedicadas exclusivamente a la producción; luego se gravará con un 4 por ciento a las empresas dedicadas a la comercialización y, finalmente, se cargará con un 6 por ciento a las que trabajan en la intermediación.

Esto simplificaría el actual esquema que hoy divide en 16 las instancias a las que se aplica el impuesto.

El impuesto a los ingresos brutos representa casi el 70 por ciento de los ingresos tributarios propios que percibe la provincia de Buenos Aires.

En el presupuesto provincial se estimó que este año entrarían por ingresos brutos 10.606 millones de pesos, sobre un total de los impuestos cobrados por la provincia por 15.826 millones.

El proyecto contemplará cambios en el régimen de coparticipación provincial a los municipios y también en las valuaciones del impuesto inmobiliario urbano, que serán aplicables en 2009.

Fuente: Pablo Morosi. Diario La Nación. Lunes 16 de junio de 2008.

 



 

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