Normas contables e impositivas y baja de inflación
Existen respuestas divergentes ante el planteo sobre la cuestión de si los ajustes se deben seguir practicando en el actual contexto.
La "pre-solicitud" indicada en el artículo 7° de esa resolución deberá efectuarse entre los días 1 y 15 del mes de marzo de 2021, ambos inclusive.
Ambito.com, 1 Marzo 2021
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó hoy y por quince días corridos la inscripción para la devolución del Impuesto al Valor Agregado por inversiones en bienes de uso de 2020.
La medida fue dispuesta a través de la Resolución General 4937/2021 publicada este lunes en el Boletín Oficial con la firma de la recaudadora federal, la economista Mercedes Marcó del Pont.
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Existen respuestas divergentes ante el planteo sobre la cuestión de si los ajustes se deben seguir practicando en el actual contexto.
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En diciembre, Bariloche acoge la nueva edición de los Encuentros Anuales de Administradores Tributarios de América, con la Fiscalidad 4.0 como eje central.