Cocodrilo que se duerme es cartera
Dotar de recursos a una AT es un esfuerzo continuo y de largo plazo. Si dejamos que se adormezca, corremos el riesgo de terminar como el cocodrilo.
La nueva alícuota del 7% establecida por el Congreso comenzará a regir para el período fiscal 2021. La RG instrumentó el cambio de la alícuota prevista en la normativa anterior, del 13% al 7%.

Ambito.com, 30 Agosto 2021
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) avanzó con la instrumentación de las modificaciones referidas a las alícuotas para los dividendos y utilidades del Impuesto a las Ganancias Sociedades introducidas por la Ley 27.630, a través de la Resolución General 5060/2021, publicada hoy en el Boletín Oficial.
La nueva alícuota del 7% establecida por el Congreso comenzará a regir para el período fiscal 2021. La RG determinó el procedimiento para el ingreso de la retención del Impuesto a las Ganancias derivada del pago o puesta disposición de dividendos y utilidades, e instrumentó el cambio de la alícuota prevista en la normativa anterior, del 13% al 7%.
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