Fallo protege a las exportaciones y al federalismo productivo
La Corte se expidió sobre un artículo específico del Convenio Multilateral de Ingresos Brutos
Por Jesús Aldrin Rojas y José Chamorro, Blog del CIAT, 6 enero de 2026
Una de las principales preocupaciones de las administraciones tributarias es gravar a los grupos multinacionales con respecto a las operaciones transfronterizas realizadas a través de sus partes relacionadas. El principio arm’s length ha sido fundamental en este sentido, ya que exige que las transacciones entre partes relacionadas repliquen la dinámica de negociación que ocurriría con terceros independientes. Este enfoque busca garantizar que los grupos empresariales tributen en los lugares donde generan valor, aunque su aplicación práctica puede presentar desafíos significativos.
A lo largo de más de 90 años de aplicación global, el sistema arm’s length no ha estado exento de críticas. Se ha señalado que su implementación puede ser compleja, requiriendo un sistema de reglas técnicas que no siempre es sencillo y que puede desventajar a países con administraciones tributarias menos desarrolladas. Además, en algunos casos, el sistema puede ser objeto de manipulación o interpretaciones agresivas, lo que puede conducir a prácticas de precios inadecuados que erosionan la base imponible de las administraciones.
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La Corte se expidió sobre un artículo específico del Convenio Multilateral de Ingresos Brutos
Es vital respetar siempre el marco legal vigente de cada país donde se reflejan los derechos y garantías de los ciudadanos.
La publicación de los precios, con su valor antes y después de aplicar impuestos a los consumos y tasas municipales, puede llevar a confusión al consumidor final.