Fallo protege a las exportaciones y al federalismo productivo
La Corte se expidió sobre un artículo específico del Convenio Multilateral de Ingresos Brutos
Por Humberto J. Bertazza, Ambito.com, 29 de marzo de 2026
Un tema que ha tenido interpretaciones distintas, incluso en la jurisprudencia, es el que se refiere al art. 20 del Régimen Penal Tributario (RPT), en cuanto establece que, una vez firme la sentencia penal, la autoridad administrativa aplicará las sanciones que correspondan sin alterar las declaraciones de hechos contenidas en la sentencia judicial.
La finalidad perseguida por el legislador ha sido la de evitar el escándalo jurídico que significaría el dictado de resoluciones encontradas sobre los mismos hechos (1).
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La Corte se expidió sobre un artículo específico del Convenio Multilateral de Ingresos Brutos
Es vital respetar siempre el marco legal vigente de cada país donde se reflejan los derechos y garantías de los ciudadanos.
La publicación de los precios, con su valor antes y después de aplicar impuestos a los consumos y tasas municipales, puede llevar a confusión al consumidor final.