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El Dr. Carlos M. Folco analiza la viabilidad de la aplicación de una exención subjetiva condicionada al momento de la compra para hogares de menores ingresos.
La AFIP pubicó en su página de Internet un proyecto de resolución que prohibe que sea el comprador quien emite la nota ede crédito o débito cuando hay que corregir el monto de una venta, y pone un plazo de 15 días para modificar la factura que debe estar asociada.
Por Dolores Olivera, El Cronista, lunes 22 de julio
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El Dr. Carlos M. Folco analiza la viabilidad de la aplicación de una exención subjetiva condicionada al momento de la compra para hogares de menores ingresos.
Se trata de una formación en Fiscalidad Internacional que se desarrolla anualmente en el marco del convenio suscripto entre el IEF y el IEFPA.
El desafío no es multiplicar demostraciones, sino convertir los problemas institucionales en pruebas comparables sobre cuándo utilizar IA, para qué, con qué límites y en qué condiciones.