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El Dr. Carlos M. Folco analiza la viabilidad de la aplicación de una exención subjetiva condicionada al momento de la compra para hogares de menores ingresos.
La presentación de las declaraciones juradas debía realizarse entre el 16 y 20 de diciembre de 2019, pero se postergará para la segunda semana de febrero de 2020.
Ambito Financiero, 06 Diciembre 2019
Los vencimientos de la presentación de las declaraciones juradas para operaciones internacionales y precios de transferencia, que originalmente vencían entre el 16 y 20 de diciembre de 2019, se postergarán para la segunda semana de febrero de 2020. Las nuevas fechas corresponden a los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2018.
Así surgirá de una nueva normativa que elaboró la AFIP, en la que se abrió al proceso de consulta pública a entidades profesionales y empresarias y cuyo texto final se publicará próximamente.
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El Dr. Carlos M. Folco analiza la viabilidad de la aplicación de una exención subjetiva condicionada al momento de la compra para hogares de menores ingresos.
Se trata de una formación en Fiscalidad Internacional que se desarrolla anualmente en el marco del convenio suscripto entre el IEF y el IEFPA.
El desafío no es multiplicar demostraciones, sino convertir los problemas institucionales en pruebas comparables sobre cuándo utilizar IA, para qué, con qué límites y en qué condiciones.