Normas contables e impositivas y baja de inflación
Existen respuestas divergentes ante el planteo sobre la cuestión de si los ajustes se deben seguir practicando en el actual contexto.
El porcentaje de aumento es superior a aquellos alcanzados con menor nivel de riqueza, debido al incremento del 100% de la escala inicial. Además, el mínimo no imponible no fue actualizado.
Por Andrés Randazzo, Ámbito.com, 30 Diciembre 2019
Dentro de la “megaley” de Solidaridad impulsada por el Gobierno se determinó una modificación en las escalas del Impuesto sobre los Bienes Personales. “Va a volver a tener la alícuota que tenía en 2015”, fue el anuncio que en su momento hizo Alberto Fernández, y así quedó plasmado en el proyecto aprobado por el Congreso. En el esquema, que quedó reglamentado el sábado y ya rige para el período fiscal de 2019, el mínimo no imponible a partir del cual se paga el tributo es de $2 millones, monto que no incluye una vivienda propia para uso habitacional hasta un valor de $18 millones.
Continuar leyendo Aquí
Existen respuestas divergentes ante el planteo sobre la cuestión de si los ajustes se deben seguir practicando en el actual contexto.
Recomendamos la lectura de este libro publicado por Juris de autoría del docente e investigardor del IEFPA, Carlos Monzó, y prólogo del Dr. Guillermo Vidal Albarracín.
En diciembre, Bariloche acoge la nueva edición de los Encuentros Anuales de Administradores Tributarios de América, con la Fiscalidad 4.0 como eje central.