MENDOZA 2025
XXXIII Congreso de Administradores Tributarios del IEFPA y la AMFEAFIP. Apertura de Inscripciones 15 de mayo
Por Darío González, Blog del CIAT, 4 junio de 2024
La estrategia de relación colaborativa designada por la OCDE[1] como un marco de referencia para los organismos fiscales para mejorar el cumplimiento tributario, comprende diferentes modalidades[2], entre las que se puede distinguir: 1) “relación cooperativa” propiamente dicha: consiste en toda una gama de servicios brindados por la administración tributaria mediante la interacción con los contribuyentes tendiente a facilitar el acatamiento de las obligaciones fiscales, y el 2) “cumplimiento cooperativo”: las partes asumen recíprocamente obligaciones en un marco de operación basado en la transparencia y confianza justificada, con alta incidencia en el control fiscal por parte de la administración tributaria.
Las estrategias de control
En el “cumplimiento cooperativo” a su vez se destacan dos clases: 1) Control vertical “ex post”: aplica la fiscalización a períodos fiscales anteriores y 2) Control horizontal “ex ante”: aplica la fiscalización o el monitoreo horizontal antes de la declaración de impuestos.
En el denominado control “ex post”, se aplica la gestión de riesgos categorizando al contribuyente según su confianza fiscal en fases y en base a ello, el organismo fiscal aplica un diferente control tanto en intensidad como en asiduidad. Este modelo por ejemplo lo aplica Australia en los programas Top 100 (Justified Trust Program) y Top 1000 (Combined Assurance Program)[3].
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