EL ACUERDO CONCLUSIVO EN EL DERECHO TRIBUTARIO
El próximo jueves 25 de septiembre el Dr. Carlos M. Folco y el Dr. Rigoberto Reyes Altamirano ofrecerán por zoom una charla sin cargo sobre esta temática.
Por Pablo Poporatto, Blog del CIAT, 23 abril, 2025
Introducción
En el actual escenario mundial, la transparencia fiscal internacional se ha erigido como una herramienta cardinal para reducir la asimetría de información y así «nivelar el campo de juego» (“level the playing field”).
En este nuevo paradigma, se acordaron estándares mundiales, uno de ellos es el relativo al intercambio automático de información financiera (AEI), a través del “Common Reporting Standard” (CRS), desarrollado por la OCDE, con el apoyo político del G-20.
Ahora bien, la efectividad y legitimidad de aquel descansan intrínsecamente en la confidencialidad y el manejo seguro de la información intercambiada entre jurisdicciones.
La confianza entre las jurisdicciones participes y el respeto por los derechos de los contribuyentes dependen directamente de la robustez de las medidas de confidencialidad y seguridad implementadas. Sin garantías sólidas en este ámbito, el AEI podría percibirse como una amenaza a la privacidad, socavando su propósito y generando resistencia.
Los primeros precedentes judiciales a nivel internacional, emanados de la Justicia helvética, enfatizan diversos aspectos cruciales relativos a esas cuestiones para la correcta implementación del AEI, alineándose con el CRS.
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El próximo jueves 25 de septiembre el Dr. Carlos M. Folco y el Dr. Rigoberto Reyes Altamirano ofrecerán por zoom una charla sin cargo sobre esta temática.
XXXIII Congreso de Administradores Tributarios del IEFPA, 25 y 26 de noviembre en las instalaciones de la FCE - UBA. Abierta la inscripción.
Si bien existen abundantes estudios desde un enfoque técnico o financiero, son menos frecuentes los análisis jurídicos y el impacto en las estructuras normativas.