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Prensa Fiscal
Semana del 2 al 6 de marzo de 2009

La AFIP modifica las pautas para retener impuestos ante la venta de propiedades

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) modificó las pautas para retener impuestos ante la venta de propiedades.

Mediante la resolución general 2569 publicada este miércoles en el Boletín Oficial, el fisco reformuló el marco a tener en cuenta al momento de calcular el pago en Ganancias y en el Impuesto a la Transferencia de Inmuebles (ITI) para las operaciones que se celebren a partir del próximo mes.

El fisco nacional apunta a agilizar los trámites potenciando las herramientas online. Puntualmente, la norma establece que “a fines de optimizar la simplificación de los trámites, se estima aconsejable actualizar las herramientas utilizadas para la generación de las solicitudes efectuadas por los contribuyentes”.

Asimismo, la norma pone en marcha una “nueva versión del programa aplicativo utilizado para realizar los trámites correspondientes”. El mismo estará disponible en la página web de la AFIP .

Ganancias
El marco legal vigente establece que “cuando los beneficios por la venta de inmuebles correspondan a un sujeto residente en el exterior, los agentes de recaudación deberán retener con carácter de pago único y definitivo, el Impuesto a las Ganancias correspondiente”.

Al respecto la nueva resolución establece que el representante legal del sujeto del exterior deberá depositar el importe ante la dependencia que en cada caso se indica a continuación:

ITI
Por otra parte, respecto al ITI la norma establece que tanto la solicitud de la constancia de valuación, del certificado de no retención y del certificado de retención “deberá efectuarse con una antelación mínima de 20 días corridos al de la celebración de la venta que genere el deber de retener”.

Asimismo, para obtener el certificado de no retención -debido a que se trata de la opción de venta de única vivienda y/o terrenos con el fin de adquirir o construir otra destinada a casa-habitación propia- los responsables deberán cumplir con el procedimiento que para cada caso se indica:

Por otra parte, el escribano o funcionario actuante, deberá corroborar si los datos -del titular y del inmueble- contenidos en el “certificado de no retención” aportado por el vendedor del bien son correctos. Cuando existan diferencias, el escribano o funcionario actuante deberá retener el monto de impuesto correspondiente.

A su vez, el certificado de no retención se deberá solicitar ante una dependencia de la AFIP cuando se trate de los inmuebles no comprendidos en las situaciones anteriormente mencionadas.

Fuente: Hernán Gilardo. Diario Infobae Profesional. Jueves 5 de marzo de 2009.

 

La recaudación fiscal creció 16,2% en febrero impulsada por el consumo

El Gobierno anunció este miércoles que los ingresos tributarios sumaron $22.776,8 millones en febrero, lo que implicó una suba del 16,2% con respecto al mismo mes del año pasado.

Los números de la recaudación fueron informados por el secretario de Hacienda, Juan Carlos Pezoa; y el titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Ricardo Echegaray; luego de mantener una reunión en la Casa de Gobierno con la presidenta Cristina Fernández de Kirchner.


El Administrador Federal, Ricardo Echegaray informó que febrero "ha sido un excelente mes, muy a contrapelo con lo que está sucediendo en muchos países del mundo, dado que pudo mantener un aumento de dos dígitos interanuales".

"Esto representa para Argentina el mantenimiento de actividad tributaria y es muy importante porque se logró un crecimiento considerable a pesar del difícil contexto internacional y se debió fundamentalmente al alza de los aportes y contribuciones de la Seguridad Social y el IVA", agregó Pezoa durante la conferencia de prensa brindada en el Microcine de la cartera económica.

"La desaceleración del aumento de la recaudación se explica por la contracción muy fuerte de las importaciones, mientras que la baja de ingresos por exportaciones no fue tan marcada como el mes pasado, lo que redundará en una mejora del superávit comercial", detalló Echegaray.

También destacó que "sigue impactando la eliminación de la denominada tablita de Machinea" sobre el impuesto a las Ganancias, fenómeno que seguirá afectando negativamente en los próximos meses.

Respecto de los impuestos a las cuentas corrientes dijo Echegaray que la caída de 0,9% se explica en parte por la disminución de dos días hábiles, por lo que el promedio diario fue de aumento de 10,5% interanual.

En materia de Seguridad Social se registró un salto de 58,4%, el cual es explicado en gran parte por el incremento del empleo registrado en 3,5% y de las remuneraciones del orden del 27,8 por ciento.

"Aún si descontáramos los ingresos originados por la creación del Sistema Integrado Provisional Argentino (SIPA) se mantendría un importante crecimiento del orden del 30%, lo cual refleja el sostenimiento del empleo y los salarios", remarcó Pezoa.

La recaudación del IVA -en estrecha relación con el consumo- subió 14 por ciento y alcanzó los $6.745,1 millones. Los ingresos por IVA, algo menores a los del año pasado, ponen de manifiesto "los efectos de la reducción de las importaciones", dijeron los funcionarios.

"Argentina pudo mantener un nivel de recaudación más que aceptable, con crecimiento industrial y números positivos y todavía en dos dígitos, lo cual nos permite visualizar un buen año tributario", señaló, por su parte, el titular de la AFIP.

Echegaray dijo que "los números obedecen a que el Gobierno nacional tomó las medidas necesarias para apartarse de los inconvenientes de la crisis global y nos permite esperar en alcanzar la meta para el año de unos $320 mil millones".

El impuesto a las cuentas corrientes tuvo una variación positiva de 0,9 por ciento y se ubicó en $1.519 millones; mientras que la recaudación del tributo a los combustibles alcanzó a $433 millones y se incrementó 10,9 por ciento.

Los ingresos por derechos de exportación alcanzaron a $2.375 millones, con una variación interanual negativa de 6%; a la vez que los derechos de importación sumaron $498 millones, con un descenso del 24% como un reflejo de la caída del comercio internacional a causa de la crisis que afecta al mundo.

Fuente: Diario Infobae Profesional. Jueves 5 de marzo de 2009.

 

Jueces a cargo de ejecutar impuestos piden no recibir más expedientes

Los magistrados federales a cargo de ejecutar los reclamos de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) pidieron no recibir más causas por el colpaso judicial y le solicitaron a la Corte Suprema que no se atienda al público hasta que no se normalice la situación en los seis juzgados

Así lo informaron fuentes judiciales a Infobae.com al indicar que los jueces de Ejecuciones Fiscales y Tributarias presentaron el pedido ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal y ante la Corte Suprema de Justicia.


Según señalaron las fuentes, cada juzgado tiene un secretario, un empleado, y un ordenanza, que comparten cada dos tribunales, para resolver las cerca de 50 mil causas que ingresaron al fuero entre junio de 2007 y diciembre de 2008, a un promedio de 7.900 expedientes por juzgado.

"La falta de personal, de la que no encontramos antecedentes en la Justicia Federal, está produciendo una demora de meses en la tramitación y despacho de las causas", dice la presentación.

También denunciaron que el edificio donde funcionan los juzgados en Defensa 135 de esta Capital, que es prestado por la AFIP, no tiene espacio para atender al público ni para acumular la cantidad de expedientes que ingresan.

Los jueces fiscales y tributarios son los encargados de ejecutar los impuestos federales, como IVA, Ganancias o Bienes Personales, por falta de pago y que la AFIP reclama su cobro ante ese fuero.

La situación de "colapso" fue denunciada por los jueces Carlos Folco, Carlos Faggi, Rita Garese, Fernando Sanz De Urquiza, Elías Tapia y Guillermo Galli, quienes calificaron la situación como "muy crítica", de "colapso" e "insostenible" que "hace imposible continuar cumpliendo con los requerimientos mínimos de administración y atención de los expedientes sorteados".

Los magistrados le pidieron a la Cámara que gestione la designación de por lo menos un secretario y un empleado más para cada juzgado y tres ordenanzas más y que le pida a la Corte y al Consejo que se agilice la entrega del nuevo edificio.

El fuero de ejecución fiscal fue creado en agosto de 2000 pero recién comenzó a funcionar en marzo de 2006 cuando se consiguió el actual inmueble para actuar de manera provisoria por lo que la Cámara en lo Contencioso redujo el universo de causas en las que los jueces iban a intervenir, recordaron las fuentes consultadas.

Fuente: Diario Infobae Profesional. Jueves 5 de marzo de 2009.

 

Montoya pone en marcha el domicilio fiscal electrónico

Habilitado por el texto del Código Fiscal 2009, el director ejecutivo de la Agencia de Recaudación bonaerense (ARBA), Santiago Montoya, puso en marcha el domicilio fiscal electrónico.

El nuevo mecanismo online fue reglamentado por la resolución 127/2008 publicada en el Boletín Oficial.

La norma establece que " las citaciones, notificaciones, intimaciones y todo otro tipo de comunicaciones que efectúe el fisco provincial a los contribuyentes, podrán ser practicadas digitalmente en sus domicilios fiscales electrónicos".

"El domicilio fiscal electrónico estará conformado por un perfil de usuario específico y único para cada sujeto, que se encontrará asociado a la Clave Unica de Identificación Tributaria (CUIT) del contribuyente o responsable, y cuya clave de acceso será su Clave de Identificación Tributaria (CIT)", agrega la norma.

Asimismo,  los contribuyentes que constituyan el domicilio fiscal electrónico, podrán autorizar, a través de la página web de ARBA, a una o más personas a acceder a las comunicaciones informáticas, responsabilizándose de su accionar.


"El domicilio fiscal electrónico gozará de plena validez y eficacia jurídica y producirá en el ámbito administrativo los efectos del domicilio fiscal constituido, siendo válidas y vinculantes las notificaciones, emplazamientos y comunicaciones que allí se practiquen, constituyendo las mismas medio de prueba suficiente de su existencia y de la información contenida en ellas", puntualiza la norma.

Por otra parte, el contribuyente que adhiera al domicilio fiscal electrónico podrá tomar conocimiento de las comunicaciones que digitalmente efectúe el fisco bonaerense ingresando a la aplicación respectiva que estará disponible en la página web del organismo .

La comunicación emitida por ARBA deberá contener como mínimo, los siguientes datos:

A su vez, los actos administrativos comunicados al domicilio fiscal electrónico, se considerarán notificados en los siguientes momentos, el que ocurra primero:

Complementariamente la norma establece que "todas las comunicaciones depositadas en el domicilio fiscal electrónico permanecerán en el mismo durante 180 días corridos desde su notificación".

Fuente: Diario Infobae Profesional. Miércoles 4 de marzo de 2009.

 

La AFIP juega fuerte y lanza el padrón único de contribuyentes nta Fe anunció que no se adherirá a la Ley de Blanqueo

La decisión ya está tomada. A partir del 1º abril próximo –y de forma progresiva- la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) pone en marcha el padrón único de contribuyentes.

De acuerdo a la resolución general 2570 publicada en el Boletín Oficial el fisco nacional apunta a “reducir los ilícitos realizados mediante la utilización de documentos de identidad apócrifos”.

”Para ello se requerirá el registro digital de la fotografía, la firma y la huella dactilar de las personas físicas que actúen por sí, o como representante legal de las personas de existencia ideal”, precisa la nueva reglamentación. En esta primera etapa alcanzará únicamente a los operadores del comercio exterior.

Si bien el proyecto había sido insinuado promediando el año pasado, hasta el momento no se tenía un esquema de aplicación concreto del mismo. A largo plazo, la AFIP planea tener disponible un sistema registral tributario que unificará los datos aduaneros, impositivos y previsionales en un padrón único que reúna a todos los contribuyentes.

Desde ese momento, los responsables podrán realizar altas, bajas o cualquier tipo de modificación (como cambios de actividad, de domicilio, entre otros), a través de Internet, desde su propia computadora o bien en cualquier puesto de atención al público del organismo, donde estará dispuesto a tal fin un conjunto de equipamiento técnico, así como asesoramiento, para posibilitar el desarrollo del trámite.

Asimismo, la resolución general 2570 se complementa con otras tres normas que reformularán los pasos a seguir por los operadores del comercio exterior al momento de declarar el domicilio fiscal, de gestionar autorizaciones electrónicas de operaciones y de ratificar destinaciones de importaciones y exportaciones.

Daniela Manesi, integrante del Departamento Contencioso Administrativo Fiscal y Aduanero del Estudio Lisicki, Litvin y Asociados, señaló que “estas medidas constituyen el primer paso para la concreción de un padrón único que concentre los datos de los contribuyentes en materia aduanera, impositiva y/o de los recursos de la seguridad social”.

Registro unificado
Puntualmente la norma pone en marcha el denominado “Sistema Registral” que estará integrado por:

El mismo también incluirá los datos relativos a la personalidad jurídica tributaria de los sujetos inscriptos (identificación, domicilios tributarios, obligaciones que deben cumplir y derechos que pueden ejercer).

Como primer paso en la implementación del nuevo padrón único, la norma establece que desde el 1º de abril próximo entrarán en vigencia los “sistemas registrales aduaneros”.

Puntualmente, la primera etapa obligará a los siguientes operadores de comercio exterior:

La inscripción en el registro se iniciará a través del servicio “Sistema Registral” que estará disponible en la página web del organismo .

Asimismo, la AFIP le dará el alta de oficio a los responsables que al 1º de abril próximo, posean el alta en los registros aduaneros existentes.

A fin de extremar los recaudos la norma establece claramente que la AFIP “requerirá el registro digital de la fotografía, firma y huella dactilar de las personas físicas que actúen por sí o como apoderados o representantes legales, según corresponda”.

Domicilio fiscal
Complementariamente, la AFIP emitió la resolución general 2574 que reformula los pasos a seguir por los operadores al momento de declarar el domicilio fiscal. El nuevo marco que también será aplicable del 1º de abril próximo dispone la constitución y la modificación del domicilio de forma electrónica.

En efecto, la norma establece la habilitación de “un procedimiento informatizado obligatorio para quienes deban constituir o modificar el domicilio especial aduanero y de carácter optativo para las modificaciones que deban informar los demás contribuyentes y responsables”.

“La modificación de los datos podrá efectuarse mediante la presentación del formulario electrónico de declaración de domicilios. A tal efecto los contribuyentes y responsables accederán al servicio Sistema Registral opción Registro Tributario disponible en el sitio web de la AFIP”, agrega la norma.

Autorizaciones de operaciones
Asimismo, también se dio a conocer la resolución general 2572 que a partir de abril próximo ampliará la utilización de la herramienta informática denominada “Gestión de Autorizaciones Electrónicas”.

Este instrumento online permite formalizar electrónicamente los actos de otorgamiento, aceptación y revocación de autorizaciones, generales o especiales, ante el servicio aduanero.

Hasta el momento es de uso obligatorio sólo para los despachantes de aduana. Una vez generalizado este mecanismo, también alcanzará a:

Destinaciones de importaciones y exportaciones
Por último, la AFIP emitió la resolución general 2573  que a partir de junio próximo pone en marcha un procedimiento online para ratificar la autoría de las destinaciones y operaciones aduaneras.

“El declarante de destinaciones y operaciones aduaneras correspondientes a subregímenes de importación y de exportación deberá emplear el servicio denominado Ratificación de Autoría de la Declaración, en forma previa al acto de presentación de la declaración ante el servicio aduanero”, establece la norma.


Fuente: Hernán Gilardo. Diario Infobae Profesional. Miércoles 4 de marzo de 2009.

 

Santa Fe anunció que no se adherirá a la Ley de Blanqueo

La subsecretaria de Ingresos Públicos de Santa Fe, Teresa Beren, expresó que "la provincia no se adherirá a la ley de blanqueo de capitales".

En este sentido, la funcionaria resaltó que "los legisladores santafesinos a nivel nacional se han opuesto cuando se sancionó" y calificó a la norma como "no positiva para quienes han cumplido en tiempo y forma".

Asimismo, en declaraciones formuladas a los medios locales, manifestó que "la provincia cuenta con planes especiales para quienes deseen blanquear capital, porque la ley nacional así lo admite".

Esos programas ofrecen muchas facilidades aunque también cuentan con los correspondientes intereses. De todos modos, según Beren, "se constituyen en una herramienta para que no impacte a los tributos provinciales".

"Nosotros ofrecemos una herramienta para cancelar el tributo no de una sola vez, pero tampoco sin preferencia sobre quienes cumplieron en tiempo y forma", amplió la funcionaria santafecina a DyN.

Por último, destacó que, "desde el gobierno provincial, se están monitoreando todas las causas susceptibles de ingresar al blanqueo a nivel nacional". A su vez, se están siguiendo a "todos los que ingresen al blanqueo provincial y si se trata de causas en las que intervino la AFIP, por los convenios rubricados sobre intercambio de información, el gobierno provincial podrá tener acceso a los datos".

Sin embargo, este punto genera dudas teniendo en cuenta que ante la similar decisión tomada por el gobierno de Macri, altas fuentes de la AFIP adelantaron a iProfesional.com que "el secreto fiscal será clave para que los contribuyentes consideren que los próximos meses son el momento ideal para blanquear los fondos”.

De esta manera, desde la AFIP habían concluido que quienes “blanqueen sus fondos gozarán del beneficio del más estricto secreto fiscal. No habrá ningún tipo de intercambio de información con los gobiernos que no compatibilicen sus criterios con los de la Nación”.

Fuente: Diario Infobae Profesional. Miércoles 4 de marzo de 2009.

 

Luz verde de EE.UU. para el blanqueo de capitales en la Argentina

A pocos días del aval obtenido en el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) para el blanqueo de capitales, el Gobierno argentino logró un nuevo apoyo internacional, esta vez, de los Estados Unidos.


Este lunes se publicó una nueva versión del informe realizado por el Departamento de Estado sobre narcotráfico, donde se mencionó que dicha norma local y su reglamentación se corresponden con los estándares internacionales, de manera que satisface los requerimientos de lucha contra el lavado de dinero y el narcotráfico.

De esta manera, en un párrafo aclaratorio el documento señaló que “las reglamentaciones implementadas serán aplicadas en Febrero de 2009 (ya anunciadas por la AFIP), e incluyen un requerimiento de que las transacciones realizadas desde otros países sean sólo de aquellos que respeten las leyes estándares internacionales de lucha contra el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo”.

La ausencia de esta aclaración en la publicación original, donde no se tenía en cuenta la reglamentación aplicada por la AFIP, había provocado un nuevo roce diplomático con el país norteamericano, que quedó solucionado a partir de esta nueva versión del documento.

La ley de blanqueo de capitales busca repatriar alrededor de u$s5.000 millones que ciudadanos argentinos actualmente mantienen en el exterior, ofreciendo una serie de estímulos para favorecer la repatriación del dinero de manera tal que sirva al desarrollo del país, por ejemplo en los aspectos de infraestructura y vivienda, mediante la exención parcial impositiva, según Infobae.com

En este sentido, la nueva versión del informe concluyó que "la Argentina tiene una larga historia de fuga de capitales y de evasión impositiva, y los argentinos tienen miles de millones de dólares fuera del sistema financiero formal (tanto fuera como dentro del país). Gran parte de estos fondos fueron legítimamente obtenidos pero no pagaron los correspondientes impuestos".

Fuente: Diario Infobae Profesional. Miércoles 4 de marzo de 2009.

 

Aumenta la cantidad de bonaerenses que pagan impuestos por Internet

La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) registró en 2008 la ejecución de 40.993.726 trámites vía web, lo que representó un aumento de 25% en comparación con el año anterior.

En el último semestre, se registraron 66.108.506 de visitas a las páginas del portal de ARBA."Millones de gestiones que hasta hace unos años se hacían en una oficina pública ahora se realizan on line. Es un cambio importantísimo en la interrelación entre la administración pública y los ciudadanos", destacó el director ejecutivo de la Agencia, Santiago Montoya.

En la página de ARBA se puede pagar el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, efectuar declaraciones juradas, generar la exención de impuestos, cargar datos de distintas actividades comerciales, consultar información sobre contribuyentes con título ejecutivo, y generar el Código de Operación de Traslado (COT) o los remitos electrónicos que se exigen para el transporte de mercaderías, entre otros.

Además, los contribuyentes que visitan el sitio virtual de ARBA pueden obtener la credencial electrónica para el pago de los impuestos, conseguir cupones de descuento, suscribirse a la boleta electrónica, consultar documentos tributarios, y acceder a la guía de tramites para ciudadanos y empresas.

Entre julio y diciembre de 2008, 3,5 millones de usuarios liquidaron el pago de Ingresos Brutos, se completaron casi 40.000 exenciones, 25.000 contribuyentes pidieron su boleta electrónica y cerca de 700.000 ciudadanos se adhirieron a los planes de pago que ofreció ARBA.

Fuente: Diario Infobae Profesional. Miércoles 4 de marzo de 2009.

 

La AFIP intimó a 2.084 monotributistas para que paguen IVA y Ganancias

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) intimó a 2.048 monotributistas a que se pasen al régimen general y comiencen a pagar IVA y Ganancias o -según el caso- anotarse como trabajadores autónomos.

A través del cruce de información de sus bases de datos, el organismo comandado por Ricardo Echegaray descubrió 2.084 casos que habían sido indebidamente encuadrados como "pequeños contribuyentes".

Para llegar a esa certeza cruzaron datos de la compra de divisas, las ventas con tarjetas de crédito, los consumos relevantes y los movimientos bancarios y advirtieron que deberían registrarse en el Régimen General de Tributación, según se informó.

Del total de contribuyentes que recibieron la carta de intimación de la AFIP, hubo 673 que decidieron autoexcluirse del monotributo. Otros 465 aún no han sido localizados, dijo el ente recaudador.

En un comunicado, el organismo informó que el hecho de que dejen atrás el monotributo y se inscriban en el régimen general "no implica una liberación de las obligaciones formales y materiales que les hubiera correspondido desde el momento en que excedieron los parámetros para estar encuadrados como monotributistas".

Pero sí pueden acogerse a la moratoria, que los libera de las multas que les hubieran correspondido por haber pagado menos. Y además, establece un tope para los intereses que pagarán por estas deudas. "Tienen una muy buena oportunidad para regularizar su situación", destacó.

La AFIP advirtió que "se profundizarán los cruces informáticos con el propósito de extender esta campaña a un universo mayor al señalado".

Este trabajo de cruce de datos recae en parte sobre los trabajadores de las AFJPs que se que se incorporaron a la AFIP tras el fin del sistema de jubilaciones privadas.

El organismo absorbió a 2.000 de estos empleados que se sumaron a la Dirección General de Recursos de la Seguridad Social, que se ocupa de controlar la situación de los monotributistas y de los empleadores en general.

La AFIP difundió un detalle de las "inconsistencias" detectadas. Figura el caso de un profesional de la salud que en un año le facturó más de 223.000 pesos a un solo prestador de servicios. Ese monto triplica el límite de 72.000 pesos establecido para esa categoría. También detectaron a un productor de seguros inscripto como monotributista con una facturación anual de 328.000 pesos.

Y además, el caso de un profesional que brinda servicios a un ministerio con facturación superior a los 2 millones de pesos durante 2008.

Otro caso es el de un comerciante con ventas con tarjeta de crédito anuales superiores al millón de pesos mientras que el tope de su categoría es de 144.000 pesos.

Fuente: Annabella Quiroga. Diario Clarín. Martes 3 de marzo de 2009.

 

Blanqueo: la AFIP ya sabe cómo saltar el "corralito" que le impuso Macri

La decisión del jefe de Gobierno porteño, Mauricio Macri, de no acompañar el blanqueo de capitales y la amplia moratoria impositiva impulsada desde el Ejecutivo nacional buscaba complicar la adhesión al régimen.

Esto es así, ya que el fisco local obligará a pagar el Impuesto sobre los Ingresos Brutos a las empresas y particulares que blanqueen o exterioricen sus fondos. Si bien la tasa general es de 3%, para determinadas actividades el monto a cancelar puede elevarse hasta superar el 15% del total de los fondos en juego.

Por lo tanto, la decisión porteña constituiría una importante traba para sectores como el inmobiliario, que concentra el 80% de la actividad en Capital Federal.

Ante esta jugada, que podía afectar la aplicación del plan, desde la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) encontraron la forma para que los porteños que quieran adherirse al blanqueo y a la moratoria puedan saltar el “corralito” establecido por Macri.

Altas fuentes del fisco confirmaron a iProfesional.com que “teniendo en cuenta que la ley de blanqueo ya cuenta con el apoyo del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y del Gobierno de Estados Unidos, la traba impuesta por el jefe de Gobierno porteño es meramente política”.

Estas declaraciones refieren a los alentadores resultados de la reunión mantenida la semana pasada entre el ministro de Interior, Aníbal Fernández, con las autoridades del GAFI. También se apoyan en la actualización del informe 2008 sobre la Estrategia Internacional para el Control del Lavado de Dinero emitido por el Departamento de Estado norteamericano.

“Por lo tanto, los porteños que blanqueen sus fondos gozarán del beneficio del más estricto secreto fiscal. No habrá ningún tipo de intercambio de información con los gobiernos que no compatibilicen sus criterios con los de la Nación”, aseguraron desde la AFIP.

"El secreto fiscal será clave para que los contribuyentes consideren que los próximos meses son el momento ideal para blanquear los fondos”, aseguraron las fuentes oficiales. De hecho, este martes fue publicada en el Boletín Oficial la disposición 98/2009 emitida por la AFIP que reformula las normas que rigen el secreto fiscal.

En cuanto al criterio de interpretación de normas, desde la AFIP ratificaron que “en el supuesto de existir alguna duda, se aplicará el principio in dubio pro-acuerdo fiscal”.

De esta manera, se da solución al problema adelantado oportunamente por el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray: “La decisión del Gobierno porteño está trabando –principalmente- la posibilidad de blanqueo por parte de los operadores del sector inmobiliario y del sector del turismo”.

La orden que emana de lo más alto del organismo recaudador no es menor ya que al no poder contar con los datos concretos de las empresas y particulares que blanqueen sus fondos, el fisco porteño se verá atado de manos para impulsar una fiscalización completa a fin de cobrar el impuesto adeudado.

Por ejemplo, la AFIP maneja datos sobre niveles de facturación que obtiene a partir de las declaraciones juradas de IVA y que sirven de parámetro para detectar inconsistencias y seleccionar a los contribuyentes que reúnen las condiciones para ser inspeccionados habitualmente.

Siguiendo el ejemplo, hasta ahora el fisco porteño contaba con esa información que también utilizaba -vía intercambio de datos- para sus propias fiscalizaciones de Ingresos Brutos, partiendo de la base del indicador del nivel de facturación de los contribuyentes que le proporcionaba la AFIP, entre otros indicadores.

Fiscalizaciones e inspecciones
Complementariamente, la AFIP emitió una nueva norma que ratifica lo adelantado por el Subdirector General de Fiscalización, Horacio Curien.

Puntualmente, respecto a las fiscalizaciones en curso, el funcionario señaló que “los inspectores tienen instrucción expresa de exteriorizar rápidamente el monto adeudado a los fines que el contribuyente pueda adherirse al blanqueo”.

El primer paso en dicho camino fue dado con la publicación en el Boletín Oficial de la disposición 93/2009 de la AFIP.

“En concreto, se trata de una medida de ordenamiento administrativo que apunta a evitar la dispersión de expedientes en dependencias que no sean aquellas en las cuales se encuentran inscriptos los contribuyentes”, explicó Enrique Scalone, titular del estudio que lleva su nombre.

“Para ello se anula una disposición de hace seis años que extendía la jurisdicción y la facultad de juez administrativo a funcionarios de otras dependencias del organismo, además de aquella en la que el contribuyente estuviera inscripto”, agregó Scalone.

En igual sentido, desde el estudio Harteneck-Quian, Teresa Gómez & Asociados, Teresa Gómez, explicó que “a través de la norma, la AFIP determinó que para todos los contribuyentes que se adhieran a la denominada ley de la moratoria y blanqueo, las funciones y facultades de fiscalización serán ejercidas, exclusivamente, por los funcionarios de la dependencia en la que los responsables se encuentren inscriptos”.

La medida busca agilizar las fiscalizaciones e inspecciones en curso para asì facilitar la tarea de los agentes de la AFIP a fin de aumentar el monto que pueda adherirse al blanqueo y a la moratoria.

Fuente: Paola Quain y Hernán Gilardo. Diario Infobae Profesional. Martes 3 de marzo de 2009.

 

 

Ricardo Echegaray: "La crisis internacional obliga a medidas extraordinarias"

Mañana comienza a implementarse el blanqueo de capitales y moratoria de impuestos y aportes y contribuciones a la seguridad social. Página/12 entrevistó en exclusiva al director de la AFIP, Ricardo Echegaray, quien justificó el perdón a los evasores señalando que “en circunstancias extraordinarias, como la actual crisis económica internacional, se deben tomar medidas también extraordinarias”. Pero advirtió que “los que estén en una situación irregular y no se presenten en los próximos 180 días que durará el sistema serán fuertemente sancionados por la AFIP”. Indicó que luego de realizar 300 mil cruces de información de contribuyentes se encontraron 15 mil casos graves de evasión. En total, el ente recaudador enviará 380 mil cartas a potenciales beneficiarios del perdón fiscal. A la vez se están organizando inspecciones a empresas y comercios que recibirán la visita de inspectores de manera inesperada. Para eso se entrenó a 2000 ex agentes de las AFJP, que ahora trabajan en la AFIP.

–¿Por qué es necesario un blanqueo en la Argentina?

–Estamos en un contexto económico particular. En estas circunstancias los gobiernos tienen la necesidad de tomar decisiones extraordinarias. Existe una crisis internacional muy grave, que también nos afecta a nosotros, y tenemos que ocuparnos del tema con todas las herramientas posibles. En este contexto y frente a la situación que ha vivido la Argentina en el año 2001, muchos tomaron el camino de no exteriorizar o no poner en superficie la rentabilidad que comenzaron a obtener a partir del proyecto y el ciclo de crecimiento económico que se vivió en el país desde 2003 hasta el año pasado. Frente a ese escenario, lo que está haciendo el gobierno nacional es establecer una amnistía fiscal que les permite a aquellos que durante algún tiempo no estuvieron exteriorizando estas ventas tengan la oportunidad de ponerse al día con el fisco. Esta oportunidad nos permite aprovechar ese mecanismo para dinamizar la actividad económica. En un contexto de disminución del comercio exterior, donde son necesarias inversiones genuinas en la economía real, la decisión del gobierno nacional ha sido apostar fuertemente a lograr la repatriación de esos capitales.

–¿Por qué contribuyentes que durante cinco años en que el país andaba bien decidieron ocultar el dinero lo sacarían a la luz ahora, en el actual clima de inestabilidad internacional?

–Precisamente porque a nivel internacional no se les da estabilidad ni rentabilidad. Lo que nosotros estamos propiciando es que esté tranquilo en el país donde reside; que pueda dejar de lado un problema que le va a dejar a las futuras generaciones. La rentabilidad que se ha obtenido es para que la disfrute la persona que la ganó y para que los que en el futuro los sucedan puedan vivir tranquilos también en la relación con el fisco de su país. Sería bueno no dejarles un problema en una caja de seguridad, en el colchón o en una cuenta en el exterior a los hijos o a los herederos. Por eso estamos pensando que, en el escenario de crisis económica internacional y alta volatilidad en los mercados, tenemos que incorporar capital a la economía formal mediante la inversión en la economía física. Esta es la mejor alternativa. Esto es lo que está propiciando el gobierno nacional.

–¿Tiene alguna estimación de cuánto capital puede blanquearse?

–Nosotros no hacemos futurología. Sí tenemos algunos cálculos y previsiones en función de lo que han dicho las mismas entidades bancarias, que dan cuenta de que existen entre 12.000 y 14.000 millones de dólares que estarían depositados en cajas de seguridad en la Argentina.

–Pero ¿cuál es la expectativa? ¿Cuántos se presentarían?

–Nosotros miramos todos los antecedentes de la Organización para la Cooperación Económica y Desarrollo (OCDE). En función de los resultados que han obtenido los países que han lanzado blanqueos con características similares a nuestra ley de repatriación y exteriorización de capitales somos optimistas. Estamos hablando de Estados Unidos, Gran Bretaña, Canadá, Irlanda, Italia, España. Hay un piso razonable que es de 2500 millones de dólares como el que estuvo manejando Portugal, y cifras como los 22.000 millones de dólares que ha obtenido Italia. La amplitud es importante, así que hay que evaluar que en la Argentina existe la posibilidad de incorporar muchos bienes al propio patrimonio del contribuyente argentino. Nosotros somos conscientes de que éste no es un programa simplemente para repatriar capitales físicos, sino también para exteriorizar inmuebles. Sabemos que en la Argentina hay muchos que han decidido invertir en Miami, en la Costa Azul de España, en la República Oriental del Uruguay y hoy es la oportunidad que tienen para blanquear esa situación, sobre todo porque éste es un perdón fiscal. No se les está preguntando cómo lo ganaron ni van a tener que responder por lo que omitieron pagarle al fisco en otros períodos.

–¿No es injusto un blanqueo para los que cumplieron con sus obligaciones fiscales?

–Nosotros vemos que el principal argumento para sostener el régimen de repatriación de capitales está basado en la necesidad de tomar decisiones extraordinarias frente a momentos extraordinarios. Acá hay que dinamizar la economía para bien de todos los argentinos. Indudablemente el sistema de premios y castigos va a seguir el curso de que aquellos que están al día con el fisco pueden dormir tranquilos. Aquellos que no lo estuvieron, hoy tienen una oportunidad. Quizás en la vida se le presente como la última oportunidad para estar al día con el fisco. Del 1º de marzo hasta el 31 de agosto es el camino que tienen para recorrer. Tenemos un objetivo de estar por encima de la situación o el pensamiento individual. La meta es la de seguir sosteniendo la economía argentina a través de una llave o una carta más, que en esta oportunidad es la repatriación de capitales.

–¿Cómo se aseguran que no sea una puerta de entrada para el lavado de dinero?

–Estamos hablando de una ley que es de las más solventes a nivel internacional. El propio GAFI la semana pasada en París sostuvo que no había que hacer ningún reclamo y que la legislación argentina había previsto todos los mecanismos necesarios para evitar que bajo la repatriación o exteriorización de capitales ingresen fondos provenientes de ilícitos. Y además los propios mecanismos técnicos ya prevén un esquema de control donde hay una gran confianza que se deposita también en el contribuyente, quien está declarando bajo juramento de ley que el origen de los fondos no es ilícito, al provenir de actividades lícitas. Obviamente que las actividades lícitas han generado rentas y esas rentas no se han exteriorizado, pero el camino que se está buscando es precisamente el de resguardar la exteriorización y la repatriación de capitales. Se ha creado un vallado, un escudo, un anillo de seguridad, tal cual lo ha reconocido el propio GAFI en París.

–¿Por qué realizar una moratoria previsional si las empresas venían blanqueando personal de a poco?

–Para sacarles la mochila fiscal que gran parte de las empresas medianas y pequeñas de la Argentina llevaron sobre sus espaldas durante mucho tiempo, aun después de la crisis del año 2001, y en un escenario con un contexto económico muy pero muy difícil. El plan de 120 cuotas con una tasa de 0,75 por ciento mensual hoy les permite a muchas empresas, frente a una situación de cierre de algunos mercados, avizorar que el Estado les está dando una mano para poder potenciar y nuevamente salir a vender sus productos.

–Parece un exceso de generosidad con los evasores perdonarles las deudas por los primeros diez empleados que blanqueen y, a la vez, reconocerles a los trabajadores cinco años de aportes y contribuciones.

–Esta medida es gran parte de la decisión del gobierno nacional y del Congreso de la Nación Argentina de brindar un apoyo fuerte a la industria nacional. Para respaldar a las firmas que incorporan trabajadores y sobre todo enfocado a la regularización de las pymes. En esta iniciativa se ha puesto muy fuerte el foco de acción y es una decisión ya tomada. No es una decisión que está en debate.

–¿Tiene expectativa de que esto baje el nivel de empleo en negro de manera sustancial?

–Esta es una herramienta más entre muchas de las que está implementando el Gobierno para incrementar el empleo formal. Creemos que los empresarios no van a dejar pasar la oportunidad de una moratoria tan generosa.

Fuente: Entrevista realizada por Norberto Navarro. Diario Página 12. Domingo 1ero de marzo de 2009.

 

Campana de largada para el blanqueo de capitales y la moratoria

Luego de que el viernes el Banco Central de la República Argentina (BCRA) completara parte del esquema necesario para poner en marcha el blanqueo de capitales, desde la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informaron que ya están disponibles los formularios.


En efecto, desde las cero horas del domingo, en el sitio web de la AFIP, se puede acceder a los planes de blanqueo de capitales, personal y deudas previsionales.

La normativa está dividida en tres títulos y puede ser hecha en un 100% desde Internet:

Para hacer el trámite es necesario ingresar la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) y la Clave Fiscal.

Para acceder a los formularios por Internet hay que clickear, dentro de "Los más visitados", en "Aplicativos".

Otra opción es ir a "AFIP lo asiste" y desde allí, en una columna a la derecha, a "Mis facilidades", según informó Clarín en su edición de hoy.

Cómo llenar los formularios
En "Mis facilidades” hay que clickear en la última opción, "Ley 26.476" y optar por "tipo de contribuyente". Luego, elegir el "Tipo de deuda" y elegir entre Título I (seguridad social), Título II (blanqueo de empleo) o Título III (blanqueo de capitales).

Dentro de Título III hay que optar el tipo de capital a blanquear según la alícuota a pagar: desde la más cara de 8% hasta la menos gravosa de 1%, para repatriación de capitales para producción, construcción e infraestructura.

Tras el pedido de datos de quién confecciona el plan y el monto a pagar, hay que hacer una declaración jurada de que los fondos blanqueados son de “origen lícito”.

Operativos y cruce de información
El titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, remarcó que el régimen de blanqueo de capitales y regularización impositiva y laboral tiene por objetivo "dinamizar la actividad económica", y detalló que habrá operativos y cruce de información para inducir a los contribuyentes.

Echegaray explicó que "existe una crisis internacional muy grave", y señaló que "la decisión del gobierno nacional ha sido apostar fuertemente a lograr la repatriación de esos capitales".

"Esta oportunidad nos permite aprovechar ese mecanismo para dinamizar la actividad económica; tenemos que incorporar capital a la economía formal mediante la inversión en la economía física. Esta es la mejor alternativa", dijo el funcionario en un reportaje a un matutino porteño.

En este contexto, Echegaray advirtió que "los que estén en una situación irregular y no se presenten en los próximos 180 días que durará el sistema serán fuertemente sancionados por la AFIP".

Además, indicó que la AFIP realizó 300 mil cruces de información de contribuyentes, en los que se encontraron 15 mil casos graves de evasión.

Por ello, el organismo enviará 380 mil cartas a los contribuyentes que deberían adherir al perdón fiscal, y realizará inspecciones a empresas y comercios, a través de 2000 ex agentes de las AFJP, que ahora trabajan en la AFIP.

Fuente: Diario Infobae Profesional. Lunes 2 de marzo de 2009.

 

La AFIP intima empresas para que abandonen el Monotributo

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) lanzó 2.048 intimaciones a monotributistas a fin de que abandonen el régimen y comiencen a contribuir como inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y Ganancias. Hasta el momento, el 40% de los que recibieron las cartas o la visita de los inspectores dejaron el régimen simplificado.

El fisco diseñó esta campaña en base a la información que cuenta en sus bases de datos. En efecto, la AFIP apuntó a aquellos contribuyentes que se encuentran dentro del Monotributo pese a que, de la información recogida, surge su indebido encuadramiento en tal categoría.

Puntualmente, la AFIP informó que se impulsó una campaña de intimaciones a un universo de 2.048 monotributistas, distribuidos geográficamente en forma proporcional, que por la cantidad de empleados declarados o por sus ventas con tarjetas de crédito, consumos relevantes o movimientos bancarios, deberían encontrarse registrados en el régimen general de tributación.

Asimismo, desde el fisco aclararon que la inscripción en IVA y Ganancias no implica una liberación de las obligaciones económicas y formales que les hubiera correspondido desde el momento en que excedieron los parámetros del Monotributo.

Las obligaciones pendientes podrán regularizarse a través del nuevo Régimen de Regularización Impositiva y de los Recursos de la Seguridad Social que ya se encuentra operativo.

Por último, el fisco agregó que se profundizarán los cruces informáticos con el propósito de extender esta campaña a un universo mayor.

Fuente: Diario Infobae Profesional. Lunes 2 de marzo de 2009.

 

El fisco simplifica el pago simultáneo de impuestos

La Administraciòn Federal de Ingresos Públicos (AFIP) simplifica la utilización del Volante Electrónico de Pago (VEP) que permite cancelar, mediante transferencia electrónica de fondos, varias obligaciones en forma simultánea.

Más precisamente, a partir de abril del 2009, cuando se efectúe el pago de varias obligaciones correspondientes a un mismo número de CUIT, sólo se deberá ingresar la clave bancaria una vez, ya que el sistema “ Presentación de DDJJ y Pagos ” generará un VEP consolidado que contendrá el detalle de las obligaciones que se están cancelando.

Procedimiento

En primer lugar, los contribuyentes deberán ingresar al sistema “Presentación de DDJJ y Pago” y seleccionar la primera de las obligaciones a cancelar mediante la opción “nuevo VEP”, sin seleccionar la entidad de pago.

Luego se deberá seleccionar la totalidad de las obligaciones a cancelar (utilizando las opciones “nuevo VEP” o “Agregar otro VEP”). Asimismo, se deberá seleccionar la entidad de pago que utilizará para la cancelación para que el sistema genere un VEP consolidado que contendrá asociadas las obligaciones incluidas.

De esta manera, el contribuyente ingresará a la entidad bancaria elegida para efectuar el pago del VEP consolidado, ingresando su clave bancaria, una sola vez. Antes debía efectuar este procedimiento para cada obligación a cancelar.

Fuente: Diario Infobae Profesional. Lunes 2 de marzo de 2009.

 



 

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