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Prensa Fiscal
Semana del 1 al 5 de septiembre

El Gobierno limita el avance en Ganancias sobre los fideicomisos financieros

Seguramente han llegado a la Rosada los datos preliminares que confirman que durante el mes pasado cayó la emisión de fideicomisos financieros en clara respuesta a la quita del alivio que gozaban en el Impuesto a las Ganancias. Por ende, puede estar ahí la razón por la cual –en menos de una semana- el Gobierno limitó en dos oportunidades el avance sobre la renta financiera.

Más precisamente la semana pasada, la Subsecretaría de Ingresos Públicos estableció que la quita del alivio en Ganancias no afecta en absoluto la liberalidad que gozan en el Impuesto a los Créditos y Débitos Bancarios. Por su parte, esta semana, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) acotó la eliminación del beneficio al determinar que sólo tiene vigencia para los balances contables cerrados a partir del 1 de agosto pasado .

Si bien de acuerdo a la Ley de Ganancias los fideicomisos deben cerrar balance el 31 de diciembre de cada año, la pauta aclarada por la AFIP trae un importante alivio a los responsables de los fideicomisos financieros que hayan sido cerrados entre el 1 de enero y el 31 de julio de este año luego de haber cumplido con sus objetivos.

De esta manera la nota externa 7/2008 emitida por el fisco nacional pone fin a una nueva la controversia que había surgido entre los especialistas respecto a los fideicomisos que habían sido cerrados en los primeros siete meses del año.

Al respecto, Mario Volman , socio de Kaplan, Volman y Asociados, señaló que la reciente opinión del fisco “brinda solución a los fideicomisos financieros que hayan cerrado con anterioridad al 1º de agosto de este año por haber cumplimentado sus fines. Es decir, que hayan percibido la totalidad de los créditos fideicomitidos y hayan pagado los intereses de los valores representativos de deuda y distribuido las utilidades correspondientes a los certificados de participación”.

“En estos casos no deben tributar Impuesto a las Ganancias en los términos de la reforma introducida por el decreto 1207/08”, concluyó Volman.

En igual sentido señaló Daniel Lejtman , miembro de Lisicki, Litvin & Asociados, que la nota externa permite que sigan gozando del beneficio en Ganancias “los fideicomiso financieros cerrados y liquidados antes del 1 de agosto pasado, mientras que hayan hecho las presentaciones de las correspondientes declaraciones juradas de ese balance de liquidación”.

Impuesto al cheque
Respecto al impuesto al cheque, tanto ADEBA como el Banco de Valores SA consultaron a la Administración nacional el alcance del decreto 1207/20008 que dio por terminado el beneficio de los fideicomisos financieros en Ganancias.

En particular, la consulta apuntaba a determinar si la exención en el Impuesto a los Créditos y Débitos Bancarios no corría la misma suerte.

La respuesta se dio a través del memorando 853/2008 que luego fue reafirmado por el dictamen 204474 de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía.

Ambos documentos concluyen que el decreto 1207/2008 limitó el beneficio en Ganancias sólo a los fideicomisos financieros destinados a la realización de obras de infraestructura para la prestación de servicios públicos. Pero advierte que la nueva normativa no modificó los requisitos que deben cumplir la totalidad de los fideicomisos financieros para acceder al alivio en el impuesto al cheque.

“Por lo tanto, la Dirección Nacional de Impuestos entiende que, la limitación incorporada por el decreto 1207/2008 no tendría por objeto condicionar el tratamiento exentivo que se prevé en el Impuesto a los Créditos y Débitos bancarios aplicable a las cuentas utilizadas por los fideicomisos financieros”, explica el memorando.

Más precisamente, el memorando señala que “la Dirección Nacional de Impuestos entiende que las modificaciones introducidas al reglamento de la Ley del Impuesto a las Ganancias no afectaron el alcance de la exención contenida en el inciso c) del anexo al Impuesto sobre los Débitos y Créditos en Cuenta Corriente Bancaria para las cuentas utilizadas exclusivamente en el desarrollo de su actividad por los fideicomisos financieros comprendidos en los artículos 19 y 20 de la Ley de Financiamiento de la Vivienda y la Construcción, en tanto reúnan los requisitos previstos en el artículo 70.2 del decreto reglamentario de Ganancias”.

Mecanismo
El mecanismo del fideicomiso funciona de la siguiente manera. La empresa comercial –en el rol del fiduciante- cede al fideicomiso el crédito por las ventas en cuotas realizadas. Como contrapartida, recibe el dinero del fideicomiso que se obtuvo mediante la colocación de títulos en el mercado. De esta manera, el comercio obtiene nuevos fondos para seguir prestando y obtiene nuevos cupones a colocar en futuros fideicomisos.

A su vez, el fideicomiso genera ganancias al cobrar una tasa mayor que la que paga por los títulos colocados en el mercado. En sí surge del interés cobrado al consumidor menos la tasa pagada al tenedor del título, los gastos y la eventual morosidad del pago de los créditos.

Una vez concluido el fideicomiso –que dura entre uno y dos años- la ganancia se distribuye entre los tenedores de los certificados de participación.

Por lo tanto, ante la quita del beneficio en Ganancias a través del decreto 1207/2008 Volman, delineó las pautas que deberán considerarse a partir de esta reforma.

Con la reforma el fideicomiso tendrá utilidades por la percepción de los intereses de los créditos fideicomitidos y podrá continuar deduciendo los intereses que pague por los valores representativos de deuda, pero no podrá deducir las distribuciones de utilidades que efectúa a los titulares de los certificados de participación”, explicó el tributarista.

“En definitiva deberá tributar Ganancias a la tasa del 35% por las rentas netas que obtengan los fideicomisos financieros por el resultado previo a distribuir tales utilidades , que pasan a ser no deducibles, y el perceptor de las mismas las seguirá considerando como no gravadas habiendo ya tributado el impuesto a la renta”, concluyó el especialista.


Fuente: Hernán Gilardo. Diario Infobae Profesional. Viernes 5 de septiembre de 2008.

 

Reorganización de empresas: oficializan prórroga de obligaciones fiscales

La Administración Federal de Ingresos Públicos decidió prorrogar hasta el próximo 3 de noviembre la entrada en vigencia de un nuevo régimen de información que modificará fuertemente el caudal de datos que las compañías deben brindar al fisco al momento de la reorganización de sociedades.

la medida se oficializó a través de la resolución general 2486 publicada en el Boletín Oficial.

Por lo tanto, las compañías deberán modificar los procedimientos que seguían hasta el momento a la hora de llevar adelante la fusión, escisión, venta y transferencias de sociedades.

A fin de explicar los cambios, Alberto Coto , consultor tributario, sostuvo que “el nuevo marco normativo establece la obligación de utilizar sistemas aplicativos para informar por vía electrónica a la AFIP acerca de la reorganización, lo cuál debe luego ser complementado con la presentación de una nota, adjuntando una serie de documentación relativa a la misma”.


“Valen aquí dos comentarios que surgen de confrontar la nueva norma con su antecesora: en primer lugar, la transferencia electrónica de la información debe realizarse hasta el último día hábil del quinto mes posterior a la fecha de reorganización y, en segundo término, se impone la obligación de adjuntar cierta documentación que anteriormente no se requería, ya que la derogada resolución general 2245 sólo obligaba a presentar una nota conteniendo determinados datos, contando para ello el contribuyente con un lapso de 180 días corridos contados desde la fecha de reorganización”, precisó el especialista.

De esta manera, la AFIP podrá ser más eficiente frente a las fiscalizaciones a fin de detectar, entre otras, maniobras destinadas a aprovechar los quebrantos impositivos . La utilización fraudulenta de los mismos permite reducir el pago en Ganancias.

Si bien la medida representa un gran avance en el seguimiento de este tipo de operaciones también genera algunas controversias. Al respecto, Gabriela Rigoni , miembro del estudio Lisicki, Litvin y Asociados, agregó que “ es preocupante que el nuevo marco prevea una aceptación o rechazo de la comunicación , con consecuencias de resolución o pérdida de beneficios de la reorganización, situación que no está prevista -estrictamente hablando- en el ordenamiento legal ni reglamentario vigente”.

Fuente: Diario Infobae Profesional. Viernes 5 de septiembre de 2008.

 

Investigan más evasión en el agro

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y la justicia de Chaco desbarataron una red que comercializaba cereales presuntamente en forma ilegal, que habría generado un perjuicio fiscal de unos $ 6 millones. Sin embargo, esa cifra podría estirarse hasta los 10 millones con los ajustes por punitorios y presuntos incumplimientos en el impuesto a las ganancias.

Así lo informó ayer una fuente de la AFIP que, en declaraciones a periodistas acreditados en el Palacio de Hacienda, precisó que del grupo desmantelado "participaban acopiadores de cereales y otros contribuyentes que no estaban vinculados directamente con la actividad". De acuerdo con el informante, la maniobra, que es investigada por el organismo recaudador y la justicia federal de Resistencia, originó "un gigantesco operativo del que participaron 142 agentes de la AFIP y otros tantos de las fuerzas de seguridad y funcionarios judiciales".

En el marco del operativo, se realizaron más de 50 allanamientos en una decena de ciudades de todo el país, los cuales "dieron resultados positivos", según la fuente, que señaló que "por estas horas, el personal de la AFIP se encuentra analizando el material secuestrado en las ciudades de Sáenz Peña, Capital Federal, Rosario, Córdoba, Quilmes, Avellaneda, Pilar, Corrientes y Resistencia".

Esta causa es una de las 300 que lleva adelante la AFIP por unos $ 150 millones contra empresas agropecuarias, corredores de bolsa e intermediarios. Las causas tienen en promedio más de tres años desde que se iniciaron.

Fuente: Diario La Nación. Viernes 5 de septiembre de 2008.

 

Montoya busca sumar tecnología a los municipios para combatir la evasión

El titular de la Agencia de Recaudación bonaerense (ARBA), Santiago Montoya, participará de la jornada “Por una Cartografía Digital Integrada” -Cartografía BIG (Bonaerense Integrada a la Gestión)- que se llevará a cabo en San Fernando.


El encuentro organizado por ARBA y por el Centro de Administraciones Tributarias Subnacionales (CEATS), tiene como objetivo ofrecer a los municipios la cartografía generada por el fisco bonaerense y por el Ministerio de Seguridad, y fomentar su uso para mejorar la calidad de gestión.

El propósito es lograr que en el ámbito provincial y municipal se utilice la misma base de datos, para que cada organismo genere su información georeferenciada compatible al resto de manera tal de integrarse en un proyecto común.

En ese contexto, Montoya hará una exposición detallada en la que explicará cómo se modernizó el uso de la cartografía a través del empleo de imágenes satelitales , en reemplazo del mecanismo -hoy obsoleto- implementado en la década del 50.

Fuente: Diario Infobae Profesional. Jueves 4 de septiembre de 2008.

 

Factura electrónica: la AFIP determinó las 10 profesiones a las que alcanzará el régimen

Luego de atravesar cambios de gestión y realizar múltiples ajustes, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó la puesta en marcha de una nueva etapa en la generalización de la factura electrónica. Si bien el objetivo a largo plazo de la AFIP es la incorporación de todos los servicios profesionales, en esta etapa inicial que arranca en noviembre próximo, la obligatoriedad de emitir electrónicamente las facturas alcanza sólo a 1o profesiones, en la medida que facturen más de $300.000 al año.

Tal como anticipó iProfesional.com , el comprobante virtual llega en noviembre a los profesionales, pero no a todos . En uno de los últimos retoques que el fisco incorporó a la reciente resolución general 2485  decidió acotar, en una primera etapa, el alcance a determinadas profesiones, como abogados, contadores, escribanos, arquitectos, licenciados en sistemas, en administración, entre otros, pero siempre y cuando su facturación anual sea superior a los 300.000 pesos .

Así, la reciente normativa presenta en sociedad el nuevo facturador online que apunta a facilitar la tarea de las empresas y particulares obligados. De esta forma, la AFIP confirma, que –por ahora- los monotributistas no estarán obligados. No obstante, los contribuyentes inscriptos en el régimen simplificado podrán optar por inscribirse y emitir sus facturas "C".

Las diez profesiones alcanzadas

Si bien el objetivo a largo plazo de la AFIP es la incorporación de todos los servicios profesionales , en esta etapa inicial que arranca en noviembre próximo, la obligatoriedad de emitir electrónicamente las facturas alcanza sólo a quienes obtengan más de $300.000 al año y se desempeñan como:

  1. Abogados.
  2. Licenciados en Administración.
  3. Licenciados en Economía.
  4. Licenciados en Sistemas.
  5. Contadores Públicos.
  6. Actuarios.
  7. Escribanos.
  8. Notarios.
  9. Ingenieros.
  10. Arquitectos.

La nueva resolución establece la creación de “un régimen especial para la emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes originales que respalden las operaciones de compraventa de cosas muebles, locaciones y prestaciones de servicios”.

A tal efecto, el régimen comprende a dos sistemas de emisión de comprobantes electrónicos :

El RECE obliga las empresas o particulares a contratar a un proveedor que les brinde el software necesario para poder emitir las facturas virtuales, lo cual encarece los costos de su implementación.

En cambio, el RCEL es un facturador online gratuito , en el cual “se ingresará con la clave fiscal en el sitio de la AFIP y se confeccionará la factura", detalló oportunamente el subdirector general de Fiscalización del organismo, Marcelo Costa .

Sin embargo, la inclusión en el RECE o el RCEL no es una "libre elección" sino que depende del tipo de actividad que realice la empresa o particular y el monto anual de facturación involucrado el sistema aplicable; es decir, el facturador online estará disponible dependiendo de la situación fiscal del contribuyente.

RECE o RCEL
Los contribuyentes que deberán y podrán incorporarse al RECE a partir del 1º de octubre y deberán emitir obligatoriamente los comprobantes electrónicos a partir del 1º de noviembre próximo son aquellos que revistan el carácter de inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y que desarrollen las siguientes actividades:

Más precisamente, los contribuyentes anteriormente listados están obligados a emitir las facturas, notas de crédito y notas de débito A.

En particular, aclara el nuevo marco normativo, los servicios de transporte de caudales, de seguridad, de limpieza y los servicios profesionales también deberán emitir electrónicamente las facturas, notas de débito y crédito B superiores a 10.000 pesos.

Debe tenerse en cuenta que los profesionales estarán obligados en el RECE -siempre y cuando- los montos facturados en el año calendario inmediato anterior, sean iguales o superiores a 600.000 pesos.

Por otra parte, se encuentran los contribuyentes que deberán incorporarse al RCEL a partir del 1º de octubre y deberán emitir obligatoriamente los comprobantes electrónicos a partir del 1º de noviembre próximo son aquellos que revistan el carácter de inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y que desarrollen las siguientes actividades:

Cabe recordar que los obligados por el RCEL, deben emitir los siguientes comprobantes:

Cambios para profesionales
En este contexto, la AFIP aclaró que, con respecto a los profesionales, sólo se encuentran obligados en el RCEL en tanto los montos facturados en el año calendario inmediato anterior, sean superiores a $300.000 e inferiores a $600.000 . También, deberán emitir electrónicamente las facturas, notas de débito y crédito B en el caso que sean superiores a 10.000 pesos .

Cada factura virtual – ya sea del RECE o del RCEL- requiere una autorización electrónica (Código de autorización electrónica –CAE-) por parte de la AFIP como elemento previo al envío del documento electrónico al comprador.

A su vez, la extensa normativa establece pautas claras para:

Al respecto , Franco Rossi , miembro del Estudio Lisicki Litvin y Asociados explicó que se encuentran excluidos del régimen los siguientes comprobantes:

De esta manera, la AFIP busca facilitar la tarea de los contribuyentes y también favorecer la facturación evitando maniobras de evasión. Además, permitirá agilizar las labores de inteligencia fiscal a fin de direccionar de mejor manera las inspecciones a realizar.

Fuente: Hernán Gilardo. Diario Infobae Profesional. Jueves 4 de septiembre de 2008.

 

Monotributo: la AFIP facilita la recategorización

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) puso disposición de los monotributistas una demostración interactiva del trámite y un simulador para determinar si debe o no recategorizarse.

De esta manera, el fisco nacional busca simplificar la tarea a los pequeños contribuyentes.

Asimismo, la AFIP recuerda que si aún no determinó si debe recategorizarse o no, puede simular el proceso de recategorización a través del servicio “ Mi Orientación ”.

Desde el organismo aseguran que "con sólo ingresar los datos de su actividad correspondiente a los últimos 12 meses, el sistema le mostrará la categoría correspondiente". Si ésta coincide con la que registra actualmente no deberá realizar trámite alguno; caso contrario, deberá recategorizarse.

Parámetros

La actualización de los datos consiste en calcular los ingresos brutos obtenidos y la energía eléctrica consumida durante el período septiembre 2007 a agosto de 2008 y, en algunos casos, la superficie afectada a la actividad.

Cuando estos parámetros sean superiores o inferiores a los delimitados en la categoría en la que actualmente se encuentran, los contribuyentes deberán recategorizarse. Si no se registra ningún cambio, la categoría seguirá siendo la misma y, por lo tanto, no deberán realizar trámite alguno.

La recategorización en el monotributo es un trámite que se realiza con clave fiscal, a través de la página web de la AFIP, ingresando al servicio Monotributo.

En el caso de que el contribuyente cambie de categoría, el pago del nuevo importe corresponderá efectuarse desde el mes de octubre de 2008. Las formas de pago pueden ser consultadas a través de la página web del organismo.

Fuente: Diario Infobae Profesional. Jueves 4 de septiembre de 2008.

 

Recaudación: un nuevo salto en agosto

Si la agenda de la presidenta Cristina Kirchner lo permite, hoy se anunciará un nuevo salto en la recaudación impositiva. Según trascendió, en agosto habría llegado a 26.000 millones de pesos.

El efecto de la inflación sobre el IVA, unido a fuertes subas de los ingresos derivados del comercio exterior, habrían determinado que la recaudación trepara 45% sobre los niveles que se habían alcanzado en el mismo mes del año anterior. Si se verifica el número que trascendió, se trataría de la recaudación más alta de la historia, un récord que hasta hora ostentaba la del mes pasado.

Entre enero y julio se llevan recaudados 151.661 millones de pesos. De seguir esta tendencia, en octubre se alcanzaría la meta de 200.000 millones que se había establecido para todo el año.

Según las proyecciones se estima que el año cerrará con ingresos fiscales cercanos a 260.000 millones.

Los analistas estiman que la suba del mínimo no imponible en Ganancias no tendrá un efecto negativo sobre los ingresos fiscales, ya que el grueso de lo que los consumidores ahorren en el pago del tributo lo volcarán al consumo, y de este modo volverá indirectamente al Estado.

El anuncio lo harían hoy por la tarde en Casa de Gobierno el secretario de Hacienda, Juan Carlos Pezoa y el titular de la AFIP, Claudio Moroni, después de reunirse con Cristina.

Fuego: Annabella Quiroga. Diario Clarín. Martes 2 de septiembre de 2008.

 

Cristina anunció que pagará la deuda con el Club de París con reservas del BCRA

La presidenta Cristina Kirchner anunció este mediodía que el Gobierno pagará la deuda que mantiene con el Club de París con reservas del Banco Central.

Lo hizo durante un largo discurso que dio en la Casa Rosada, en el que precisó que "instruyó" al ministro de Economía, Carlos Fernández, a iniciar el proceso para saldar ese pasivo que asciende, según precisó la Presidenta, a alrededor de 6700 millones de dólares.

La jefa del Estado convocó esta mañana a un acto en el Salón Blanco de la Casa Rosada, al que asistieron los ministros del gabinete, buena parte de los gobernadores, el jefe de la CGT, Hugo Moyano, y referentes de la industria, entre otros.

Durante su mensaje, que se transmitió por cadena nacional, Cristina Kirchner también anunció la creación de una línea de créditos blandos para Pymes y la firma de un decreto con medidas antidumping.

Caída de la competitividad en un escenario de aumento de tasas de interés y subas de precios. Este es el escenario que dibuja el sector manufacturero en el país.

El vicepresidente de la Unión Industrial Argentina (UIA), Ignacio de Mendiguren, fue prudente. Pese a que elogió la decisión del Banco Central de mantener el dólar bajo durante la salida de divisas fogoneado por el conflicto del campo, volvió a alertar por la competitividad, tal como lo hicieran otros industriales en las últimas semanas.

"El Banco Central demostró su capacidad y fortaleza para evitar corridas, hecho que yo comparto pero esperamos ahora nuevos anuncios, sobre todo en un escenario como el que tenemos con la tasa de interés en alza y el aumento de los costos", dijo De Mendiguren en declaraciones a la agencia oficial Télam.

"Pero este año, a partir de la crisis del campo se observó algunos inconvenientes, alguna caída del nivel de actividad y esto también ocasionó una pérdida de competitividad del tipo de cambio", analizó.

Esperan anuncios. En ese sentido, De Mendiguren se mostró "esperanzado en que hoy, en el Salón Blanco, recibamos algún anuncio sobre medidas que repercutan en forma positiva en la competitividad".

Al ser consultado sobre las declaraciones del jefe de Gabinete, Sergio Massa, quien sostuvo que el tipo de cambio es sólo un factor que influye en la competitividad, De Mendiguren respondió: "Comparto, es sólo un factor, pero hay que tenerlo en cuenta".

También se pronunció en favor de "otras condiciones fundamentales como la productividad de cada sector, y las inversiones".

"Queda claro que el tipo de cambio competitivo fue uno de los pilares fundamentales en los que se apoyó el fuerte crecimiento económico de los últimos años, como también la estabilidad macroeconómica", sostuvo.

Según De Mendiguren, "este tema no sólo es un elemento importante para la industria, sino también para toda la economía en general, sobre todo después de la crisis de 2001 y sobre todo luego del retraso cambiario que caracterizó al período 76-2001, que produjo el proceso de desdesarrollo más importante del mundo".

Fuente: Diario La Nación. Martes 2 de septiembre de 2008.

 

Moyano nuevamente cuestionó los cambios en Ganancias

El líder de la Confederación General del Trabajo (CGT), Hugo Moyano, renovó sus quejas hacia el Gobierno al considerar "insuficientes" los cambios respecto del mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias y, por otra parte, advirtió que "hay salarios que ya han sufrido las consecuencias de la inflación".


El titular de la central obrera volvió a pedir la eliminación de la denominada "tablita de Machinea", la cual fija las deducciones que se pueden efectuar a este tributo de acuerdo con el sueldo que percibe el trabajador.

Si bien Moyano admitió la "mejora" que significó en los ingresos de los trabajadores los aumentos de sueldos acordados en paritarias, dijo que "no queremos que el Estado se lleve los salarios" y añadió que "la tablita se convierte en una injusticia para el trabajador ", informó la agencia NA.

En declaraciones a la prensa luego de participar de los festejos por el Día de la Industria, el líder sindical admitió que "hay salarios que ya han sufrido las consecuencias de la inflación".

Por primera vez en su relación con el Gobierno, las declaraciones de Moyano muestran el creciente malestar que se generó en el seno de la central obrera por los cambios en este gravamen.

En tanto, el secretario general de la CGT Azul y Blanca, Luís Barrionuevo, aseguró que el Gobierno no elimina la tablita de Machinea porque "tiene problemas de caja".

En línea con las críticas de Moyano, Barrionuevo consideró que el aumento del mínimo no imponible para ese impuesto anunciado la semana pasada por el Gobierno "no alcanza la expectativa que tenía esta CGT".

La opinión del sector industrial
Unas 25 organizaciones sindicales y 30 cámaras empresarias nacionales del sector industrial Pyme acordaron comenzar a trabajar en forma conjunta para presentar ante el Gobierno "proyectos, reclamos o solicitudes" con el eje puesto en "las cargas tributarias, las importaciones y el nivel de actividad".

Según explicaron tras el encuentro, este acuerdo tiene como objetivo "la defensa del trabajo y la producción nacional", que "necesita de una férrea unión de trabajadores y empresarios nacionales".

De acuerdo con lo informado, empresarios e industriales acordaron una agenda de trabajo común y este martes se reunirán nuevamente, a las 16 en la sede de la Confederación General Empresaria de la República Argentina (CGERA).

Tomaron este compromiso el titular de la CGERA, Marcelo Fernández; los presidentes de la Fundación Pro Tejer, Pedro Bergaglio; de la Cámara Industrial de Manufacturas del Cuero, Raúl Zylbersztein, y de la Cámara de Indumentaria de Bebés y Niños, Hugo Benyakar, y los secretarios generales de SMATA, José Rodríguez; de Plásticos, Vicente Mastrocola; de textiles, Jorge Lobais, y de Papeleros, Blas Alari.

Así lo acordaron en una reunión que se realizó en la sede de la CGERA, en la que se resolvió que empresarios y sindicatos "deberán contener las preocupaciones referidas a cuestiones tributarias que afectan el trabajo y la producción".

También avanzaron sobre la necesidad de "terminar con las importaciones industriales indiscriminadas que reducen el empleo y el nivel de actividad, y una clara mejora de la competitividad como pilar de la política productiva nacional".

Dentro de la agenda de trabajo, se prevé discutir "acerca de la marcha del Mercosur y la OMC y su impacto sobre los intereses de la producción nacional", anticiparon desde la CGERA.

En igual sentido, explicaron que debe ponerse el eje en la "defensa de los sectores Pymes de mano de obra intensiva".

Por eso, se propusieron "plantearle al Gobierno, además, la preocupación sobre el aumento de aquellos impuestos que perjudican a los trabajadores e industriales y que terminan por retraer el consumo".

La reunión surgió del acta acuerdo que los sindicalistas y empresarios firmaron el 15 de agosto pasado, con motivo de la celebración del día del Empresario Nacional, de la que participaron el ministro de Trabajo, Carlos Tomada, y el secretario de Industria, Fernando Fraguío, entre otros funcionarios nacionales y provinciales, concluyó la agencia.

Fuente: Diario Infobae Profesional. Martes 2 de septiembre de 2008.

 

Montoya lanzó un plan de acción para el pago de grandes contribuyentes

El titular de la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA), Santiago Montoya, inició un nuevo plan para el cumplimiento de los pagos de grandes contribuyentes.


De esta manera, desde ARBA controlarán el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes alcanzados por la Ley 13.850. Por tal motivo, el organismo impartió un plan que comprende diversas medidas, entre ellas notificar sobre las acciones emprendidas y las que se efectúen durante los próximos dos meses.

ARBA busca de este modo que los contribuyentes más importantes alcanzados por la reforma conozcan con precisión los cambios introducidos con la nueva ley y sus aspectos operativos.

Es así que ya se comenzaron a enviar notificaciones de carácter explicativo a 290 empresas .

En este marco, ARBA lanzó el “Programa de control y seguimiento preventivo” que tiene como finalidad verificar en empresas la correcta aplicación de las modificaciones introducidas en la liquidación de las declaraciones juradas del impuesto sobre los Ingresos Brutos, cuyo vencimiento comienza a partir del 1 de septiembre.

Este plan inicial involucra a 110 contribuyentes y se estima que se asegurará un recupero por evasión para 2008 de 500 millones pesos.

El organismo implementa así diversas medidas para que los grandes contribuyentes cumplan con sus obligaciones tributarias.

En la primera etapa, durante todo el mes de agosto, se generaron actuaciones de fiscalización individualizada a contribuyentes del sector “Molinos y Aceiteras” alcanzados por la reforma.

La segunda fase será en octubre y abarca los controles a  100 empresas que no hayan cumplido con las modificaciones legales o aquellas para las que se detecten desvíos en relación con la recaudación esperada estimada por el organismo recaudador.

Por último, durante septiembre, el plan prevé fiscalizaciones ejecutivas, en las que agentes del fisco provincial se presentarán en las empresas para retirar información y verificar el cumplimiento de la presentación de declaraciones juradas.

Una vez obtenidos los datos, se procederá al análisis y cruce de información, y se identificará a los sujetos pasibles de fiscalizaciones individualizadas.

Fuente: Diario Infobae Profesional. Martes 2 de septiembre de 2008.

 



 

El IEFPA es un centro de estudios sin fines de lucro, con personería jurídica de "Asociación Civil" en la Republica Argentina, resolución nº 284 del 01 de abril de 1996 otorgada por la Inspección General de Justicia.
Su objetivo es estudiar, analizar e investigar las ciencias que conforman las Finanzas Públicas, constituyendo un núcleo receptor y difusor de ideas y experiencias propias del ámbito financiero público, así como un lugar de reflexión y formación de profesionales de la materia.
Sus miembros activos son tanto funcionarios públicos de las administraciones de nivel nacional, provincial y municipal, como docentes e investigadores del sector privado cuya trayectoria profesional está relacionada con la actividad financiera del Estado.
Entre sus actividades específicas destinadas a la Formación Superior de los Administradores Fiscales de Argentina, el IEFPA edita libros y publicaciones periódicas, dicta cursos, carreras de posgrado, conferencias y seminarios.
Por otra parte, las comisiones permanentes de estudio e investigación, mantienen convenios de cooperación técnica con las más prestigiosas instituciones del ámbito público y privado de la tributación nacional e internacional.

 

Asignaturas que se cursan en las distintas carreras: Epistemología y Metodología de la Investigación Científica - Teoría Política y Social - Teoría Económica - Derecho Constitucional y su Relación con el Derecho Financiero y Tributario - Economía del Sector Público - Gestión y Control del Gasto Público - Política Fiscal - Procedimiento Tributario y Penal - Sistema Tributario Argentino. Análisis Integral y Estudio de Aspectos Específicos - Tributación Internacional - Administración Tributaria - Economía - Relaciones Internacionales - Econometría - Historia Económica Internacional - Comercio Internacional - Instituciones Económicas Internacionales - Derecho Internacional - Tributación Internacional - Estrategias de Negocios y Marketing Internacional - Sistema Financiero y Económico Internacional - Integración Económica - Epistemología y Metodología de la Investigación Científica - Economía Internacional y Desarrollo Económico - Planificación Económica y Relaciones Internacionales - Integración Económica en el Continente Americano - Seminario de Tesis - Introducción a la materia aduanera - Importación - Exportación - Diferentes aspectos del comercio internacional - Tributos regidos por la legislación aduanera. Prohibiciones - Régimen legal aduanero - Gestión Aduanera. Procesos de modernización - Derecho Constitucional Tributario - Derecho Procesal y Derecho Procesal Tributario - Procedimiento Tributario Previsional - Régimen Penal Tributario y Previsional - Seminario Superior de Procedimiento Tributario - Seminario sobre Delito Fiscal


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